Cuadro comparativo: Libro segundo. Actos procesales - Código general del proceso y código de procedimiento civil - Libros y Revistas - VLEX 950140636

Cuadro comparativo: Libro segundo. Actos procesales

AutorRamiro Bejarano Guzmán
Cargo del AutorDirector Departamento de Derecho Procesal
Páginas175-666
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTO CIVIL
CÓDIGO GENERAL DEL
PROCESO
LIBRO SEGUNDO ACTOS
PROCESALES
SECCIÓN PRIMERA OBJETO
DEL PROCESO
TÍTULO VII DEMANDA Y
CONTESTACIÓN
CAPÍTULO I DEMANDA
LIBRO SEGUNDO ACTOS
PROCESALES
SECCIÓN PRIMERA OBJETO
DEL PROCESO
TITULO ÚNICO DEMANDA Y
CONTESTACIÓN
CAPÍTULO I DEMANDA
Artículo 75. Contenido de la
demanda. La demanda con
que se promueva todo proceso
deberá contener:
1. La designación del juez a
quien se dirija.
2. El nombre, edad y domicilio
del demandante y del
demandado; a falta de
domicilio se expresará la
residencia, y si se ignora la del
demandado, se indicará esta
Artículo 82. Requisitos de la
demanda. Salvo disposición
en contrario, la demanda con
que se promueva todo proceso
deberá reunir los siguientes
requisitos:
1. La designación del juez a
quien se dirija.
2. El nombre y domicilio de las
partes y, si no pueden
comparecer por mismas, los
de sus representantes legales.
circunstancia bajo juramento
que se entenderá prestado por
la presentación de la
demanda.
3. El nombre y domicilio o, a
falta de éste, la residencia de
los representantes o
apoderados de las partes, si
no pueden comparecer o no
comparecen por sí mismas. En
caso de que se ignoren se
expresará tal circunstancia en
la forma indicada en el
numeral anterior.
4. El nombre del apoderado
judicial del demandante, si
fuere el caso.
5. Lo que se pretenda,
expresado con precisión y
claridad. Las varias
pretensiones se formularán por
separado, con observancia de
lo dispuesto en el Artículo 82.
6. Los hechos que sirvan de
fundamento a las
pretensiones, debidamente
Se deberá indicar el número de
identificación del demandante
y de su representante y el de
los demandados si se conoce.
Tratándose de personas
jurídicas o de patrimonios
autónomos será el número de
identificación tributaria (NIT).
3. El nombre del apoderado
judicial del demandante, si
fuere el caso.
4. Lo que se pretenda,
expresado con precisión y
claridad.
5. Los hechos que le sirven de
fundamento a las pretensiones,
debidamente determinados,
clasificados y numerados.
6. La petición de las pruebas
que se pretenda hacer valer,
con indicación de los
documentos que el
demandado tiene en su poder,
para que éste los aporte.
7. El juramento estimatorio,
cuando sea necesario.
determinados, clasificados y
numerados.
(...)
9. La indicación de la clase de
proceso que corresponde a la
demanda.
10. La petición de las pruebas
que el demandante pretenda
hacer valer.
(...)
7. Los fundamentos de
derecho que se invoquen.
8. La cuantía, cuando su
estimación sea necesaria para
determinar la competencia o el
trámite.
(...)
11. La dirección de la oficina o
habitación donde el
demandante y su apoderado
recibirán notificaciones
personales, y donde han de
hacerse al demandado o a su
representante mientras éstos
no indiquen otro, o la
8. Los fundamentos de
derecho.
9. La cuantía del proceso,
cuando su estimación sea
necesaria para determinar la
competencia o el trámite.
10. El lugar, la dirección física
y electrónica que tengan o
estén obligados a llevar, donde
las partes, sus representantes
y el apoderado del
demandante recibirán
notificaciones personales.
11. Los demás que exija la ley.
Parágrafo primero. Cuando se
desconozca el domicilio del
demandado o el de su
representante legal, o el lugar
donde estos recibirán
notificaciones, se deberá
expresar esa circunstancia.
Parágrafo segundo. Las
demandas que se presenten
en mensaje de datos no
requerirán de la firma digital
definida por la Ley 527 de

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