Epílogo - Derecho del trabajo en el posfordismo. El proyecto de regulación universal en la globalización económica - Libros y Revistas - VLEX 648686985

Epílogo

AutorIván Daniel Jaramillo Jassir
Páginas311-319
311
Epílogo
La globalización económica, consecuencia de la erosión de las fronteras en un
mundo unipolar capitalista, es el contexto de referencia del desarrollo de las
relaciones laborales en las que la movilidad del capital, en busca del aumento
de benecios y la protección del mercado, marca las características funda-
mentales que demandan la reconstrucción del derecho del trabajo ideado en
ámbitos nacionales que limitan y debilitan su función.
La deslocalización productiva, resultado del proceso de descentralización
territorial en procura de la reducción de costos de producción y el aumento
de utilidades empresariales, demanda sistemas globales de regulación capaces
de contener los efectos de la movilidad del capital que escapan al marco de
regulación estatal.
La competencia a la baja y el law shopping que derivan de la deslocalización
erosionan el esquema tuitivo laboral de matriz territorial, que resulta incapaz
de regular las fugas del sistema de producción transnacional que supera la
empresa fordista clásica localizada en el ámbito nacional.
La reducción del trabajo a una simple mercancía es el resultado de la
desregulacin y destruccin del derecho del trabajo a través de reformas que
impone el sistema neoliberal para integrar la competencia entre naciones,
dirigida a la disminución de los niveles de protección del trabajo, que otorga
una ventaja comercial anulando la ciudadanía a la que acceden los trabajado-
res por conducto de la realización de sus actividades y de las que derivan los
bienes y servicios que satisfacen sus necesidades básicas.
Como manifestación de lo anterior, la alternativa de trasladar el derecho
del trabajo al derecho del empleo debe ser descartada, al no evidenciar e-
ciencia en los resultados de empleabilidad pretendidos y sacricar de modo
desproporcionado los elementos de calidad del trabajo y contenido democrá-
tico de las normas que lo regulan.
Así, las pérdidas de puestos de trabajo que se verican en el país de origen
y el estímulo de empleo sin calidad en el país de destino deben ser interve-

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