Fondo de solidaridad pensional - Disposiciones generales - Sistema General De Pensiones - Ley 100 de 1993. Compila, actualiza y comenta - 3ra edición - Libros y Revistas - VLEX 401432114

Fondo de solidaridad pensional

AutorRoa Rojas, Hernán - Roa Díaz, Cornelio
Páginas23-28
23
LEY 100 D E 1993
Artículo 23. Sanción moratoria. Los aportes que no se consignen
dentro de los plazos señalados para el efecto, generarán un interés
moratorio a cargo del empleador, igual al que rige para el impuesto
sobre la renta y complementarios. Estos intereses se abonarán en el
fondo de reparto correspondiente o en las cuentas individuales de
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Estatuto Tributario. Decreto 0624 de 1989. Artículo 634. Intereses moratorios
en el pago de las obligaciones tributarias. Artículo 635  
tasa de interés moratorio.
Los ordenadores del gasto de las entidades del sector público que sin
justa causa no dispongan la consignación oportuna de los aportes,
incurrirán en causal de mala conducta, que será sancionada con
arreglo al régimen disciplinario vigente.
Ley 0734 de 2002. Código Disciplinario Único. Artículo 48
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En todas las entidades del sector público será obligatorio incluir en el
presupuesto las partidas necesarias para el pago del aporte patronal
a la seguridad social, como requisito para la presentación, trámite y
estudio por parte de la autoridad correspondiente.
Artículo 24. Acciones de cobro. Corresponde a las entidades admi-
nistradoras de los diferentes regímenes adelantar las acciones de cobro
con motivo del incumplimiento de las obligaciones del empleador de
conformidad con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.
Para tal efecto, la liquidación mediante la cual la administradora de-
termine el valor adeudado, prestará mérito ejecutivo.
Nota: Véase el Decreto 1469 de 1994 por el cual se dictan normas sobre
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Decreto 1838 de 1994 y el Decreto 2633 de 1994
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CAPÍTULO IV
FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL
Artículo 25. Creación del Fondo de Solidaridad Pensional. Créase
el Fondo de Solidaridad Pensional, como una cuenta especial de la
Nación, sin personería jurídica, adscrita el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social,    
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o por las administradoras de fondos de pensiones y/o cesantía del

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