Hacia la evaluación sistémica del impacto ambiental, ESIA - La dimensión ambiental del desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 928102259

Hacia la evaluación sistémica del impacto ambiental, ESIA

AutorLeonel Vega Mora
Páginas183-226
Muchos países en desarrollo como Colombia son poseedores de grandes rique-
zas naturales en bienes y servicios ecosistémicos y antrópicos, que los posiciona
de manera privilegiada en el contexto internacional. No obstante, los procesos
de globalización y las reglas de mercado que impone el actual modelo de desa-
rrollo económico mundial, llevan a estos países (con la anuencia de sus Estados)
a fundamentar su desarrollo casi exclusivamente en la explotación de sus recur-
sos naturales no renovables (RNNR); la mayoría de veces a través de capitales
extranjeros y empresas multinacionales, con muy pocas consideraciones sobre
los impactos institucionales, económicos, sociales y ambientales que su activi-
dad genera.
Para contrarrestar (o facilitar) lo anterior, al menos en lo que a impactos am-
bientales se reere, desde 1993 muchos de estos países vienen implementando
procesos de licenciamiento ambiental, como es el caso de Colombia, en donde la
Licencia Ambiental fue inicialmente establecida como un requisito obligatorio
para:
la ejecución de obras, el establecimiento de industrias o el desarrollo de cual-
quier actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda producir de-
terioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir
modicaciones considerables o notorias al paisaje… (Art. 49, Ley 99/93)”, y de-
nida como
…la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecu-
ción de una obra o actividad, sujeta al cumplimiento por el beneciario de la
Capítulo 8
Hacia la evaluación sistémica del impacto
ambiental, ESIA
184 LA DIMENSIÓN AMBIENTAL DEL DESARROLLO
licencia de los requisitos que la misma establezca en relación con la prevención,
mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales de la
obra o actividad autorizada. (Art. 50, Ley 99/93)”.
El logro de esta importante función impone a las empresas promotoras de proyec-
tos o actividades, el sometimiento a una serie de requisitos que involucran, entre
otros:
Evaluar los impactos ambientales del proyecto o actividad a realizar, a n de
denir y formular el plan de manejo ambiental para controlarlos.
Garantizar los recursos económicos y el aseguramiento requerido para la im-
plementación efectiva del plan de manejo ambiental.
Ejecutar efectivamente el plan de manejo ambiental.
Cumplir plenamente la normatividad ambiental.
Así mismo, impone a la autoridad ambiental competente, es decir, al Estado (bajo
un esquema amplio y ordenado de información ambiental y participación social),
la función de desarrollar y mantener actualizadas las herramientas adecuadas del
licenciamiento ambiental para:
Orientar, mediante términos de referencia, a las empresas promotoras en la rea-
lización de evaluaciones de impacto ambiental en sus proyectos o actividades.
Evaluar la conformidad técnica y jurídica de dichas evaluaciones de impacto
ambiental y determinar el otorgamiento o no de licencias y permisos am-
bientales.
Hacer el seguimiento a los proyectos licenciados.
Aplicar el régimen sancionatorio correspondiente por incumplimiento.
A pesar de los múltiples avances logrados en el proceso de licenciamiento am-
biental y al margen de consideraciones políticas y macroeconómicas que pudie-
ran ser contrarias a la misión de la sociedad y particularmente de los Estados de
proteger el medio ambiente, se observan aún algunos problemas de tipo técnico y
de gestión, que es necesario afrontar, particularmente aquellos relacionados con
la evaluación de impacto ambiental que por decir lo menos, constituye el “corazón
mismo” del proceso de licenciamiento ambiental. En concordancia con UN-PIGA
(2013), dichos problemas pueden ser sintetizados de la siguiente manera:
Poco o ningún desarrollo técnico en las metodologías y procedimientos de
evaluación de impacto ambiental utilizados. Han evolucionado escasamente
desde su creación y no evidencian holísticamente las relaciones sistémicas de
causalidad existentes entre las acciones antrópicas, los impactos ambientales
y las medidas de control.
Marco normativo inapropiado. Más que reglamentar el desarrollo técnico y
metodologías de evaluación de impacto, el marco normativo ha evolucio-
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CAPÍTULO 8: HACIA LA EVALUACIÓN SISTÉMICA DEL IMPACTO AMBIENTAL, ESIA
nado básicamente alrededor del proceso de licenciamiento ambiental, para
dar respuesta, la mayoría de veces, a los requerimientos y condiciones de los
sectores productivos, convirtiendo el licenciamiento ambiental en un com-
plejo proceso jurídico-administrativo.
Baja calidad de los estudios ambientales. Se observan avances en la calidad
de los estudios ambientales, sobre todo por la utilización de herramientas de
los sistemas de información. Sin embargo, aún es mucho lo que podrían me-
jorar, si se realizan bajo la orientación técnica de unos términos de referencia
actualizados, con metodologías claras para la caracterización del proyecto y
del área de inuencia de manera articulada al ordenamiento ambiental terri-
torial, para la identicación y valoración indicativa de impactos ambientales
y para la denición precisa y coherente del plan de manejo ambiental.
Términos de referencia inadecuados. Son quizás, la más importante herra-
mienta para la evaluación de impactos y el licenciamiento ambiental. A pesar
de las condiciones prototípicas, integrales y sistémicas de la mayoría de los
proyectos y ecosistemas con los que interrelacionan, los términos de referen-
cia (TR) se han venido construyendo de manera separada para cada compo-
nente ambiental, convirtiéndose en un acumulado innito de requerimientos
independientes, que al pretender abarcarlo todo, más que orientar, desorien-
tan el desarrollo ordenado, integral, sistémico e indicativo de los estudios am-
bientales; haciéndolos demasiado descriptivos, repetitivos y poco indicativos,
con muy poca integralidad en el análisis ambiental.
Información ambiental insuciente y de baja calidad. La mayoría es descrip-
tiva, insucientemente georreferenciada y de difícil acceso. Además, no está
articulada con la información de los procesos de ordenamiento ambiental
territorial. Se requieren más investigaciones cientícas en materia ambiental
que sustenten con evidencia, tanto la vulnerabilidad y la capacidad de carga
de los ecosistemas como los límites permisibles de utilización de cada recurso
natural que se vaya a utilizar y/o afectar.
Baja intervención social. A pesar de los esfuerzos adelantados por las auto-
ridades ambientales, la participación social en los procesos de evaluación y
licenciamiento ambiental ha sido marginal, orientándose básicamente a la
provisión de información.
Baja capacidad institucional para el ejercicio de la autoridad ambiental. En
el caso colombiano, a pesar de los esfuerzos del gobierno por fortalecer la
capacidad institucional de la autoridad ambiental mediante la creación de
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y la dotación
de recursos humanos, cientíco-técnicos, administrativos y económicos;
aún persisten dicultades, muchas veces reejadas en la lentitud de los
procesos relacionados con la evaluación (revisión) de estudios ambientales,

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