La inexistencia y la nulidad del contrato
Autor | Mónica Liliana Ibagón Ibagón |
Páginas | 247-255 |
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captlo primero
la ineistencia y la nlidad del contrato
Se plantea el interrogante de si a pesar del incumplimiento del requisito de
forma escrita a un contrato estatal se le puede asignar el carácter de fuente
del derecho1. Esta cuestión jurídica y su esclarecimiento es una de las tareas
principales de la dogmática del derecho de los contratos estatales2. Mediante
los preceptos jurídicos, que establecen la consecuencia jurídica de nulidad,
son aplicados y concretizados los principios de legalidad de la administración
y de seguridad jurídica. Esta temática será analizada a la luz del derecho de la
República de Alemania y de la República de Colombia.
i. En el derecho de la República de Alemania, el § 125 bgb sanciona con nuli-
dad los contratos de derecho privado que son celebrados sin el cumplimiento del
requisito de forma escrita. Conforme a la tesis dominante en la jurisprudencia
y la doctrina, una infracción del § 57 VwVfG, que prevé que todos los contra-
tos estatales de derecho público deben ser celebrados por escrito, tiene como
consecuencia la nulidad del contrato. Esa consecuencia jurídica es inferida del
§ 125 bgb en conexión con el § 59 inc. 1.º VwVfG4 y5 del § 125 bgb en conexión
con el § 62 frase 2 VwVfG6. Según el § 59 inc. 1.º VwVfG, “un contrato de de-
recho público es nulo cuando la nulidad resulta de la correspondiente aplicación
de los preceptos del bgb”7. Por su parte, el § 62 VwVfG establece que “salvo
1 Sobre esa calidad jurídica cfr., ante todo, Krebs, en schmidt-assmann. Rechtsfragen städtebaulicher
Verträge, p. 205; opinión contraria, cfr. vor allem maurer. Der Verwaltungsvertrag, dvbl, 1989, p. 80.
2 schlette. Die Verwaltung als Vertragspartner, p. 56.
Ídem. Krebs, en schmidt-assmann. Rechtsfragen städtebaulicher Verträge, pp. 221 y ss.
4 Cfr., por ejemplo, maurer. Allgemeines Verwaltungsrecht, § 14, párrafo 4; schliesKy, en KnacK/henneKe,
VwVfG9, § 57, párrafo 29; ramsauer, en Kopp, VwVfG, § 57, pár rafo 14; meyer, en borgs-maciejeWsKi,
VwVfG, § 57, párrafo 5; schlette. die Verwaltung als Vertragspartner, 451; tiedemann, en obermayer/
fritz, VwVfG, § 57, párrafo 20; ule/laubinger. Verwaltungsverfahrensrecht, § 69, párrafo 10; Werner.
Allgemeine Fehlerfolgenlehre für den Verwaltungsvertrag, p. 100; VG Halle (Saale). Sentencia del 02.0.06,
ref. A 156/04, disponible en [www.juris.de]; Oberverwaltungsgericht Berlin. Sentencia del 28.04.2004,
ref. 1 B 14.0, disponible en [www.juris.de]; Oberverwaltungsgericht Rheinland-Pfalz. Sentencia del
11.12.2000, ref. 2 A 11170/00, disponible en [www.juris.de]; Niedersächsisches Oberverwaltungsgericht.
Sentencia del 25.07.1997, njW, 1998, p. 2921.
5 Un sector de la doctrina (cfr., p. ej., bonK, en stelKens/sachs (eds.), VwVfG7, § 57, párrafo 25; schimpf.
Der verwaltungsrechtliche Vertrag, p. 79) sostiene la tesis de que la nulidad se deduce tanto del § 59 inc.
1.º como del § 62 frase 2 VwVfG en armonía con el § 125 inc. 1.º bgb.
6 Cfr., por ejemplo, becKer, en Wolff. VwGO-VwVfG, § 57, pár rafo 8; VG Gera. Sentencia del 11.0.2004,
ref. 4 K 277/02.GE, disponible en [www.juris.de]; VG Koblenz. Sentencia del 05.08.2002, ref. 8 K 125/02.
KO, disponible en [www.juris.de].
7 Traducción no oficial de la autora.
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