Introducción - Controles atípicos del Consejo de Estado - Libros y Revistas - VLEX 940473988

Introducción

Páginas21-29
Introducción
Los medios de control que denomino típicos son aquellos que
versan sobre actos administrativos y que además aparejan el derecho
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su invalidez.
A. MEDIOS QUE REDUCEN LA EF ICACIA DEL ACTO
ADM IN IST RAT IVO
En ocasiones un acto administrativo es perfectamente válido y legal,
pero puede ser atenuado en sus efectos por una decisión judicial.
El medio de control de reparación directa permite revisar judicial-
mente los efectos del acto, reduciéndolos –si resultara procedente– sin
que la validez o legalidad del mismo sean determinantes en la decisión.
Se pretende resarcir los daños antijurídicos generados en la
ejecución de un acto administrativo o aquellos que resulten de su
revocatoria directa o anulación.
El Consejo de Estado ha desarrollado la viabilidad de acudir a la
reparación directa por las anteriores causas, apuntando:
Se ha considerado que el ordenamiento ju rídico colombiano
distinguió la procedencia de las acciones a partir del origen del
daño, reservando así la acción de nulidad y restablecimiento del
derecho a aquellos eventos en los cuales los per juicios alegados
sean consecuencia de un acto administrativo y la acción de
reparación direc ta para los que encuentren su fuente e n un hecho,
omisión u operación admi nistrativa. Sin embargo, la regla alud ida
encuentra dos excepciones clara s en la jurisprudencia: la prime ra
tiene que ver con los daños que se hubieren causa do por un acto
administ rativo legal y la segunda con los daños cuya f uente sea
la ejecución de un acto administrativo que haya sido objeto de

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