Introducción - La incidencia del silencio en los contratos - Libros y Revistas - VLEX 950069492

Introducción

AutorFernando Alarcón Rojas
Páginas19-20
19
introducción
Sobre la incidencia del silencio en la formación del negocio
jurídico son muchas las páginas que se han escrito, y si en
este tema hay lugares comunes, uno de ellos es aseverar que
el silencio es un fenómeno neutro porque no expresa ni acep-
tación ni disenso, afirmación esta que se quiere respaldar
con el fragmento de Paulo, contenido como regla jurídica
en D. 50.17.142 y según el cual “el que calla ciertamente que
no confiesa; pero, sin embargo, es verdad que no niega”.
Otro lugar común consiste en sostener que la regla que
se expresa con el brocárdico “el que calla, parece consentir”
es de genuina creación canónica, pues se dice que aparece
por primera vez al incluirse en las Decretales y que a par-
tir de ahí influenció a todo el derecho por intermedio de
glosadores y comentaristas.
Pues bien, este trabajo persigue demostrar que si bien
en el derecho romano podía tenerse como regla que el
silencio no era un comportamiento idóneo para lograr la
formación de los negocios jurídicos, no es menos cierto que
esa regla no se deriva de D. 50.17.142 porque de este frag-
mento no se puede deducir que la conducta silente fuera
neutra, es decir que de él no se puede inferir que el callar
no implicaba ni aceptación ni disenso, y que por lo tanto
era jurídicamente irrelevante.
Creemos que el citado pasaje del Digesto perseguía seña-
lar precisamente todo lo contrario, esto es, que quien callaba

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