Introducción - El paradigma de la seguridad jurídica en un estado en transformación: el caso de la inversión extranjera - Libros y Revistas - VLEX 950178948

Introducción

AutorMarcela Anzola Gil
Páginas19-33
19
introduccin
A pesar de que la inversión extranjera data de la época de la expansión
colonial en el siglo xVii con las compañías de Indias6, el concepto como lo
conocemos en la actualidad, se cristaliza solo hasta finales del siglo xix con
la internacionalización de los capitales europeos, sobre todo de origen bri-
tánico7, y no va a ser objeto de mayores análisis hasta después de la segunda
guerra mundial, luego de la creación del Fondo Monetario Internacional,
cuando se empieza a discutir sobre las ventajas y la necesidad de controlar
la entrada y salida de capitales.
La noción de inversión extranjera cubre tanto las inversiones directas
como las de portafolio8, las cuales se diferencian por el plazo y los objetivos
que persiguen: mientras que la inversión directa se realiza para el desarrollo
de una actividad específica, con vocación de largo plazo, la inversión de por-
tafolio se lleva a cabo en títulos representativos de derechos (acciones, bonos,
etc.), sin el ánimo de influir directamente en las decisiones de las empresas
que representan estos títulos y, en general, aunque no necesariamente, con
vocación de corto plazo.
Desde sus orígenes el tratamiento del tema se ha caracterizado por estar
estrechamente relacionado con la actividad del Estado, sobre todo porque
es a este a quien le compete determinar si permite o no la entrada y salida
6 Estas compañías tenían origen en los países europeos que comerciaban con la India. Dentro de
las más importantes se encuentran la Compañía Británica de las Indias Orientales, fundada por
un grupo de inversores británicos, que obtuvo el 1 de diciembre de 1600 la Carta real que le
garantizaba privilegios del comercio en la India; la Compañía holandesa de las Indias Orientales
que se estableció el 20 de marzo del 1602, cuando los Estados Generales de los Países Bajos le
concedieron un monopolio de 21 años para realizar actividades coloniales en Asia; la Compañía
de Indias Danesa, fundada en 1616 siguiendo un privilegio del rey danés Christian iV de Dina-
marca y Noruega; la Compañía francesa de las Indias Orientales o Compañía francesa para el
comercio de las Indias Orientales, fundada por las cartas de patentes del 27 de agosto de 1664,
cuyo objeto era navegar y negociar en la zona que abarca desde el cabo de Buena Esperanza, los
mares orientales y en toda la India, con monopolio del comercio por un período de cincuenta
años; y la Compañía sueca de las Indias Orientales, fundada en Gotemburgo, Suecia, en 171,
para el propósito del comercio en el lejano oriente. Ver al respecto: sTephen bown, r. merchanT
Kings: When Companies Ruled the World, 16001900. New York: Thomas Dunne Books, 2010.
6 pp. isbn-10: 012616112 (Kindle edition).
7 Ver al respecto con más detalles en: james-oTis rodner s. La inversión internacional en países en
desarrollo. Caracas: Editorial Arte, 199, 750 p. isbn 980-07-182 -x.
8 No obstante, es preciso tener en cuenta que existen múltiples definiciones de inversión. Las
definiciones que se incluyen aquí reúnen los criterios de la mayoría de estas.

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