Los periodistas y el acceso a documentos públicos - Libertad de expresión y derecho de autor. Guía legal para periodistas - Libros y Revistas - VLEX 378206114

Los periodistas y el acceso a documentos públicos

AutorNatalia Tobón Franco
Páginas131-142
131
XV. Los periodistas y el acceso a documentos públicos
1. ¿En qué consiste el derecho de petición de información
ante una autoridad pública?
El derecho de petición de información es un derecho fundamental que tienen
los ciudadanos y que permite exigir a una entidad pública244 lo siguiente:
•฀ Que฀dé฀a฀conocer฀cómo฀ha฀actuado฀en฀un฀caso฀concreto.245
•฀ Que฀ permita฀ el฀ acceso฀ y฀ expida฀ copia฀ de฀ los฀ d ocumentos฀ públicos฀ que฀
reposan en las of‌icinas públicas.246
•฀ Que฀resuelva฀las฀ consultas,฀cuando฀se฀presentan฀ a฀las฀ autoridades฀para฀
que manif‌iesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribu-
ciones.247
244
Según el artículo 14 de la Ley 57 de 1985 (Por la cual se ordena la publicidad de los actos
y documentos of‌iciales), son of‌icinas públicas las siguientes: la Procuraduría General de la Nación,
la Contraloría General de la República, los ministerios, los departamentos administrativos, las
superintendencias y las unidades administrativas especiales; las de las gobernaciones, intendencias,
comisarías, alcaldías y secretarías de estos despachos, así como las de las demás dependencias
administrativas que creen las asambleas departamentales, los consejos intendenciales o comisariales
y los concejos municipales o que se f unden con autorización de e stas mismas corporaciones; y
las de los establecimie ntos públicos, las empresas industriales o comerciales del Estado y las
sociedades de economía mix ta en las cuales la partic ipación of‌icial s ea superior al 50% de su
capital social, ya se trate de entidades nacionales, departamentales o municipales y todas las demás
respecto de las cuales la Contraloría General de la República ejerce el control f‌iscal. La Ley 489 de
1998 en los artículos 38 y 39 def‌ine las entidades públicas del orden nacional.
245
El artículo 8° de la Ley 58 de 1982 establece que las actuacione s administrativas son
públicas, salvo las taxativas excepciones que establezcan la Constitución y la ley.
246
Colombia, Ley 57 de 1985, artículo 17: “La expedición de copias dará lugar al pago de las
mismas cu ando la cantidad s olicitada lo just if‌ique. El pago se h ará a la tesorería de la entidad
o en estampillas de timbre nacional que se anularán, conforme a la tarifa que adopte el fun-
cionario encargado de autorizar la expedición. En ningún caso el precio f‌ijado podrá exceder al
costo de la reproducción”. Artículo 18: “Si en la respectiva of‌icina no se pudieren reproducir los
documentos o la tarifa señalada fuere elevada a juicio del peticionario, el jefe de aquella indicará
el sitio en el cual un empleado de la of‌icina sacará las copias a que hubiere lugar. En este caso, los
gastos serán cubiertos en su totalidad por el particular”.
247
Colombia, Código Contencioso Administrativo, artículo 25. “Consultas. El derecho de petición
incluye el de formular consultas escritas o verbales a las autoridades, en relación con las materias
a su cargo, y sin perjuicio de lo que dispongan normas especiales. // Estas consultas deberán
tramitarse con economía, celeridad, ef‌icacia e imparcialidad y resolverse en un plazo máximo de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR