El plagio en el ámbito universitario y sus consecuencias penales - Problemas actuales del derecho penal - Volumen I: 2012-2015 - Libros y Revistas - VLEX 698649497

El plagio en el ámbito universitario y sus consecuencias penales

AutorFernando Velásquez V./Renato Vargas Lozano
Páginas147-178

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Introducción

La actividad universitaria se encuentra sujeta a una serie de principios tales como los de integridad, honestidad, objetividad o responsabilidad social, entre otros, pues debe responder a los intereses de los alumnos, los docentes, los investigadores, los directivos, el personal administrativo, los propios de las instituciones y, claro, los de la sociedad (Aréchiga, 2004). Cuando dichos principios e intereses son desatendidos, se presentan situaciones susceptibles de calificarse genéricamente como deshonestas.

Bajo tal denominación se incluyen las conductas que tienen un carácter exclusivamente antiético, así como aquellas otras que, además de su naturaleza contraria a la ética, también son objeto de sanción por el derecho. De ahí la importancia de precisar que las prácticas o procederes deshonestos generan consecuencias negativas para quienes las realizan y para las instituciones que las toleran o las patrocinan, que van desde el descrédito personal e institucional hasta la responsabilidad legal (Shamoo & Resnik, 2009), incluida la de índole penal (Aluja & Birke, 2004, p. 98).

Aunque el interés –más bien reciente– de los autores por los comportamientos deshonestos, antiéticos e ilegales se centra en el quehacer científico –la producción de conocimiento y su comunicación–, en realidad se trata de un fenómeno que toca con todos los aspectos y los actores de la vida universitaria, es decir, con los estudiantes, los profesores, los investigadores, el personal administrativo y los directivos. Copiarse en un examen, mostrar favoritismo por ciertos alumnos o discriminarlos, falsear los datos o los resultados de una investigación, manipular los procesos de selección de los estudiantes o, en in, distorsionar la información institucional para obtener beneicios económicos –ayudas y subvenciones públicas o privadas– o académicos –la aprobación de programas–, son solo algunos ejemplos de ello (Aluja & Birke, 2004, pp. 98-134).

Ahora bien, el marco descrito debe delimitarse para ajustarlo a los objetivos del presente escrito; por ello, conforme se sugiere desde su título, la atención del trabajo se centra en el plagio académico o universitario y, en cuanto a los posibles actores concernidos en su realización, a los estudiantes e investigadores. A un lado quedan, entonces, las conductas deshonestas,

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antiéticas o ilícitas de los profesores en sus clases, los directivos y el personal administrativo, pero no porque sean irrelevantes, pues sí son importantes, sino por razones exclusivamente metodológicas referidas a la precisión del tema de investigación.

El plagio en el ámbito universitario constituye un comportamiento deshonesto que desborda el marco de lo ético, puesto que, en tanto infringe los derechos –morales– de autor, puede llegar a producir consecuencias jurídico-penales; de ahí que resulte pertinente preguntarse por cuáles son estas últimas, aunque ha de quedar claro que la respuesta no puede hacerse al margen del análisis de un ordenamiento concreto; de ahí que se tome como referencia el colombiano.

Esta aproximación a la cuestión resulta novedosa, puesto que, a pesar de su actualidad y relevancia, la misma no ha sido abordada por los autores nacionales y, aunque en el ámbito internacional existen estudios sobre el plagio académico (Adi, 2011; Alfaro & De Juan, 2014; Aluja & Birke, 2004; Antequera, 2010; Arce, 2009; Aréchiga, 2004; Astudillo, 2006; Bamford & Sergiou, 2005; Cavanillas, 2008; Comas & Sureda, 2008; Comas, Sureda & Oliver, 2011; Comas, Sureda, Casero & Morey, 2011; Dawson, 2004; Dordoy, 2002; Hirsch, 2012; Leiner, 2008; McCabe & Klebe, 1993; Park, 2003; Pastor, 2009; Posner, 2013; Renard, 1999-2000; Shamoo & Resnik, 2009; Silva, Llanes & Rodríguez, 2008; Sureda, Comas & Morey, 2009; Underwood & Szabo, 2003), ninguno de los consultados analiza sus implicaciones penales; esto último también aplica para los textos especializados en materia penal, donde el asunto tampoco está presente (Álvarez, 2011; Bernate, 2012; Bernate & García 2011; Boix, 2012; Castro, 2011; Cobo, 2005; Córdoba & García, 2004; Gaviria, 2011; Martínez-Buján, 2011; Morillas, 2011; Quintero, Morales, Tamarit & García, 2008; Silva & Pastor, 2011; Suárez-Mira, 2008; Vives et al., 2010).

En tal orden de ideas, el escrito se divide en dos grandes partes dedicadas, la primera, a precisar el concepto de plagio y a contextualizarlo en el entorno universitario y, la segunda, a señalar sus consecuencias penales en Colombia; además, se revisa algún caso problemático concreto (el de las monografías y las tesis de grado) y se identifican las excepciones relevantes en esta materia. Previo a todo esto, se mencionan, brevemente,

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las implicaciones penales de la posible defraudación de terceros. Al inal, se incluyen dos apartados dedicados, en su orden, a dar cuenta de las conclusiones de la investigación y a la relación detallada de las fuentes de orden bibliográico, legal y jurisprudencial consultadas y empleadas para su elaboración.

La deshonestidad académica

El plagio en el ámbito académico y, en especial, aquel que tiene lugar en el entorno universitario, constituye una preocupación que debería concernir a los diversos actores sociales, pues la actividad académica es un vehículo para la producción y la difusión de una parte importante del conocimiento científico con el que se nutre la sociedad, pero, también, un escenario de formación de valores y de cultura.

Naturalmente, dicha preocupación se corresponde con los aspectos negativos atribuidos al plagio. Al hilo de esto, interesa advertir que el comportamiento aludido integra el elenco de procederes que, en el marco del ámbito universitario, constituyen una suerte de ‘malas conductas’ académicas (Aluja & Birke, 2004, pp. 94-97) susceptibles de calificarse como deshonestas, en tanto contrarias a los valores de rectitud y probidad inherentes a la “integridad” científica o académica (Sánchez & Fernández, s.f., p. 11; Toller, 2011, p. 90; Underwood & Szabo, 2003, p. 468).

La aceptación generalizada del carácter deshonesto de ciertos comportamientos desarrollados en el ámbito académico, hace que el verdadero reto en esta materia sea el de precisar las conductas ‘deshonestas’, en tanto ello remite a conceptos éticos o morales y culturales, que no pueden examinarse al margen de su ubicación en un lugar y en un tiempo determinados (Comas, Sureda, Casero, et al., 2011, p. 208). La dificultad advertida se manifiesta en el variado catálogo de comportamientos que los autores identifican como deshonestos, tan diversos como quienes los proponen, aunque la mayoría de las clasificaciones siguen, más o menos, el modelo anglosajón (Sureda et al., 2009, p. 199).

Si bien la deshonestidad toca con todos los actores y todas las actividades de la vida universitaria, no puede dejar de advertirse que la mayor

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atención la reciben las conductas deshonestas realizadas por los estudiantes y las ocurridas a propósito de la investigación en todas sus fases (Sánchez & Fernández, s.f., p. 9). En consecuencia, las que tienen que ver, v.g., con los profesores en el marco de sus actividades docentes, las autoridades universitarias o el personal administrativo, apenas reciben atención.

Sea como fuere, los efectos de cualquier propuesta de enlistarlas son mucho más académicos que prácticos y la relación resultante corre el riesgo de verse desbordada por una realidad que, en esta materia como en casi cualquiera otra, suele ser mucho más rica y compleja que la imaginación. Por ello, la agrupación efectuada a continuación solo está animada por la inalidad de explicar algunas de las modalidades o situaciones más relevantes en cada uno de los escenarios señalados y carece por completo de cualquier pretensión de exhaustividad.

En relación con las conductas deshonestas atribuidas a los estudiantes, los autores señalan las sucedidas a propósito de, primero, la presentación de exámenes: copiarse de otros, utilizar ayudas no autorizadas, obtener las respuestas anticipadamente y suplantar a quien tiene la obligación de presentar la prueba; segundo, la elaboración y presentación de trabajos: utilizar obras o trabajos ajenos sin citarlos, recibir ayuda de otros para realizar los trabajos propios o encargar su realización a terceros, emplear trabajos propios o ajenos ya presentados y relacionar fuentes no consultadas; y, tercero, las relaciones con otros estudiantes: dañar u ocultar los materiales de consulta o destruir los equipos de los laboratorios (Comas et al., 2011, pp. 208, 211-219; Underwood & Szabo, 2003, p. 468).

En cuanto a las relativas a las actividades de investigación, por regla general, asociadas a la actividad científica en sentido amplio, se mencionan de forma recurrente las genéricas de falsificación, fabricación y plagio de datos o información (Aluja & Birke, 2004, pp. 94-97), que, en este orden de cosas, serían las conductas más graves, pues están asociadas directamente a formas de fraude (Silva et al., 2008, p. 7).

Muchos de estos comportamientos son similares a los realizados por los estudiantes cuando presentan sus trabajos, aunque con las adaptaciones al contexto propio de la producción, la redacción y la divulgación de

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las investigaciones y sus resultados; así, por ejemplo, inventarse datos o procedimientos o emplearlos de modo tendencioso, utilizar investigaciones ajenas sin citarlas, presentar trabajos propios anteriores como novedosos o con apenas modificaciones, incluir otros autores que no han participado en la investigación o que no han colaborado de una forma significativa, hacer publicaciones ‘duplicadas’...

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