Pluralismo jurídico y derecho ambiental - Parte I. Teoría - Escuela de derecho ambiental. Homenaje a Gloria Amparo Rodríguez - Libros y Revistas - VLEX 847210822

Pluralismo jurídico y derecho ambiental

AutorGermán Villa Fontecha/Diana Carolina Valencia-Tello
Cargo del AutorFilósofo de la Universidad Nacional de Colombia/Abogada de la Universidad del Rosario
Páginas133-161
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Capítulo 5
Pluralismo jurídico y derecho ambiental
Germán Villa Fontecha*
Diana Carolina Valencia-Tello**
Introducción
El pluralismo jurídico hace referencia a la existencia de múltiples sistemas
normativos que cuentan con cierta autonomía en razón a la legitimidad y
validez que atribuyen a él actores estratégicos. Aunque el derecho moderno
inicialmente buscó centralizar el poder político y jurídico en el Estado-nación,
con base en la supremacía de la ley y la igualdad formal de los ciudadanos, la
necesaria búsqueda de justicia e igualdad material trae de vuelta el pluralismo
jurídico en del Estado, bajo diferentes banderas. Inicialmente, la bandera fue
el reconocimiento de los derechos sociales, en el auge de las revoluciones
industriales del siglo . Pero, a nales del siglo , el pluralismo jurídico se
expande, aún más, debido a la implementación simultánea de, por un lado,
políticas neoliberales, que buscan fortalecer la globalización, mediante el
intercambio de bienes y servicios alrededor del mundo, otorgando mayores
* Filósofo de la Universidad Nacional de Colombia. Magíster en Estudios Políticos de la Universidad
Nacional de Colombia. Doctorado en Derecho (en curso) en la Universidad del Rosario. Se ha desempeñado
como catedrático de la Universidad del Rosario y de la Universidad Autónoma de Colombia y también como
profesor ocasional de la Universidad Nacional de Colombia.
** Abogada de la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad del
Rosario. Especialista en Derecho Ambiental de la Universidad del Rosario. Magíster, doctorado y posdoc-
torado de la Universidad Federal del Paraná, Brasil. Se ha desempeñado como subdirectora administrativa
del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, coordinadora del Fondo de Paz en la Presidencia de la
República de Colombia y abogada del Departamento Administrativo de la Función Pública. Profesora de
carrera académica de la Universidad del Rosario.
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Escuela de derecho ambiental
atribuciones a la sociedad y, por el otro, la implementación (más tenue) de
políticas de protección al medio ambiente, en razón a los inminentes riesgos
que enfrenta el planeta por causa de la sobreexplotación de recursos naturales,
la contaminación, el calentamiento global, la pérdida de la biodiversidad, el
aumento de la población, etc.
En este contexto, si comparamos el derecho ambiental con otras ramas
del derecho, podemos observar que este es un derecho reciente, debido en
parte a que la conciencia sobre el deterioro de los recursos naturales y del
medio ambiente a gran escala es también reciente. Así, el derecho ambiental
representa una nueva racionalidad dentro de las sociedades, que, preocupadas
por el evidente deterioro de los ecosistemas, buscan garantizar unos mínimos
de subsistencia para las comunidades presentes y futuras en nuestro planeta.
Sin embargo, las diversas racionalidades existentes en las sociedades
y, en especial, el antagonismo presente entre la racionalidad económica y
la racionalidad medioambiental causan que muchos conictos sociales se
caractericen por falta de comunicación entre las diferentes perspectivas, pues
cada actor tiende a considerar solo su punto de vista como único, sin tener
en cuenta otras perspectivas que también son legítimas, fragmentando con
esto las sociedades y dicultando la toma de decisiones consensuadas en las
comunidades políticas.
En los Estados constitucionales y democráticos de derecho, el recono-
cimiento del pluralismo jurídico debe funcionar para fortalecer el diálogo y
la búsqueda de equilibrios entre diferentes racionalidades, construyendo con
esto sociedades inclusivas y sostenibles que respeten la diversidad y la coordi-
nación entre diferentes actores presentes. Pero, para vericar las dicultades
que tiene este diálogo, en el presente artículo primero vamos a puntualizar
algunas ideas claves sobre la modernidad, para luego tratar el surgimiento de
la racionalidad económica como racionalidad dominante. En la cuarta sección
estudiaremos las racionalidades alternativas y el orden ambiental, para des-
pués analizar el pluralismo racional y el pluralismo jurídico. Posteriormente
analizaremos los avances, las limitaciones y las ambivalencias del derecho y
el medio ambiente, para tratar, en la sección siguiente, el pluralismo jurídico
existente en algunos países de Latinoamérica. Finalizaremos con apuntes
sobre el derecho ambiental como derecho plural.

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