Política pública y derecho a la libre competencia económica - Una aproximación al estudio de las políticas públicas y los derechos colectivos en Colombia - Libros y Revistas - VLEX 940607079

Política pública y derecho a la libre competencia económica

AutorLuis Bernardo Díaz Gamboa, Pedro Alfonso Sánchez Cubides
Páginas93-134
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POLÍTICA PÚBLICA Y DERECHO
A LA LIBRE COMPETENCIA ECONÓMICA
Con respecto a la libre competencia económica, a continuación
se abordan el marco teórico, el contexto internacional sobre la
política pública, el régimen legal de protección a la competencia y al
consumidor, y control público de la actividad comercial privada; el
contexto nacional sobre la política pública y el análisis jurisprudencial.
1. MARCO TEÓRICO DEL DERECHO A LA LIBRE
COMPETENCIA ECONÓM ICA
El sistema económico de Colombia es el de economía social
de mercado, de conformidad con lo establecido por la Corte
Constitucional en diversas sentencias, entre las que se encuentra
la C-265 de 1994. Por tal motivo, la Constitución Política registra
aspectos del modelo de economía referido, al reconocer que la
iniciativa privada y la actividad económica son libres, según el
artículo 333, a la vez que establece que la dirección general de la
economía está a cargo del Estado y que las intervenciones se llevan
a cabo por mandato de la ley, de conformidad con lo establecido en
el artículo 334. Tal intervención busca que el modelo de economía
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garantizar y hacer efectivos los derechos económicos a la propiedad
privada, la libertad de empresa y la iniciativa privada, la libertad
de asociación y la libre competencia económica, entre otros.
No obstante lo anterior, según   (2016), se puede
  
entre derechos de este tipo son: el derecho a la propiedad versus
la función social de la propiedad y las limitaciones en caso
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de interés general, la economía de mercado y la defensa de la
competencia versus la posibilidad de la ley para regular e intervenir
en la economía y el mercado, y la libertad de empresa versus el
establecimiento de monopolios y restricciones a los particulares
para ejercer determinadas actividades económicas.
La intervención del Estado en la garantía y efectividad de los
derechos económicos debe llevarse a cabo dentro de los límites
razonables, puesto que el exceso de intervencionismo, por ejemplo
a través de regulaciones, trae consigo exclusiones. En términos
generales, el modelo de economía social de mercado se soporta en
la ponderación de la libertad económica y la intervención estatal,
razón por la cual combina varios elementos, según (2 017):
igualdad, unidad de mercado-pluralidad de actores, intervención
pública económica, progresividad en derechos económicos y
sociales, y la libre competencia económica.
Con respecto a la libertad económica, es pertinente señalar
que ésta se soporta en la libre competencia económica y la libre
iniciativa privada o libertad de empresa.
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La Constitución Política consignó garantías para las actividades
económicas, entre las cuales se encuentra la libre competencia
económica, que debe ser abordada como derecho y principio rector
de la economía. Como derecho, es una facultad que tienen todas
las personas naturales y jurídicas, que les permite participar de
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económicas de la sociedad, orientadas a producir bienes y servicios
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correctos o razonables.
En este sentido, el derecho a la libre competencia económica,
según   (1997), tiene como propósitos garantizar la libertad
de los competidores para concurrir al mercado en busca de una
clientela y generar la libertad de los consumidores para escoger
y adquirir en el mercado, bienes y servicios que se ofrezcan en
 95
condiciones de competencia, situación que permite materializar
la pluralidad de actores y la igualdad entre agentes económicos.
La libre competencia económica es un derecho colectivo. Sin
embargo, a todas las personas naturales y jurídicas les implica
responsabilidades, según el artículo 333 de la Constitución
Política. Su propósito es defender los derechos e intereses de los
consumidores de bienes y servicios, y en general de los actores
que intervienen en el mercado, de conformidad con el artículo
88 de la Carta Política. No obstante lo anterior, este derecho no
es absoluto, puesto que puede ser limitado por el bien común, la
función social que debe cumplir, la responsabilidad social de ejercer
la libertad de empresa y por la necesidad de proteger la competencia
económica, situaciones que generan la posibilidad de intervención
               
promover la equidad y garantizar el goce efectivo de derechos
fundamentales, según la Sentencia C-228 de 2010 proferida por la
Corte Constitucional.
La libre competencia económica, como principio rector de la
economía, contribuye al funcionamiento adecuado del mercado,
situación que se expresa mediante limitaciones y sanciones frente
a comportamientos abusivos por parte de los agentes económicos.
Además, aporta al bienestar de los consumidores, al protegerlos y
permitirles mayores grados de libertad para escoger los bienes y
servicios que demandan, de tal forma que puedan maximizar sus
preferencias y deseos.
La libre competencia económica, como expresión de rivalidad,
genera disciplina en las empresas, situación que trae consigo
mayor capacidad y, por lo tanto, mejores niveles de productividad,
competitividad, ética empresarial y prestigio, lo cual repercute en la
conquista de mercados, especialmente en tiempos de globalización
económica. Sin embargo, la libre competencia económica puede
ser restringida, eliminada o alterada, según   (1997), por
el establecimiento de monopolios de derecho, de conformidad con
el artículo 336 de la Constitución Política, y por el reconocimiento
de marcas, patentes y demás derechos de la propiedad industrial,

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