Los principios formales de reserva de ley y seguridad jurídica en el derecho tributario colombiano. Sentencias relevantes en los 25 años de jurisprudencia de la Corte Constitucional - Reflexiones sobre la jurisprudencia y doctrina tributaria - Libros y Revistas - VLEX 950118199

Los principios formales de reserva de ley y seguridad jurídica en el derecho tributario colombiano. Sentencias relevantes en los 25 años de jurisprudencia de la Corte Constitucional

AutorMauricio Marín Elizalde, José Antonio Paz Mesías
Páginas225-264
auricio arn elizalde
jos antonio paz esas
Los principios formales de reserva de ley
y seguridad jurídica en el derecho tributario
colombiano. Sentencias relevantes en los 25 años
de jurisprudencia de la Corte Constitucional
227
suario
Introducción. i. El principio de reserva de ley. A. De los principios de lega-
lidad y reserva de ley en los 25 años de la jurisprudencia de la Corte Cons-
titucional. B. De los principios de reserva de ley tributaria y autonomía de
las entidades territoriales en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
1. La Corte Constitucional determina que el poder tributario es solo del
Congreso, en consecuencia las entidades territoriales están supeditadas al
principio de reserva de ley. 2. La Corte Constitucional señala que las enti-
dades territoriales pueden configurar los elementos esenciales del tributo .
Avances y situación actual de la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
C. La regla de subsidiariedad y el principio de temporalidad en los tributos
creados mediante estados de excepción, según la jurisprudencia de la Corte
Constitucional D. El principio de reserva de ley frente a los tributos adua-
neros en la jurisprudencia de la Corte Constitucional. ii. El principio de
seguridad jurídica. A. La seguridad jurídica y la confianza legítima en materia
tributaria, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional B. Retroacti-
vidad de la norma tributaria 1. Beneficios fiscales. ¿Derechos adquiridos a la
luz de la jurisprudencia de la Corte Constitucional? 2. La jurisprudencia de
la Corte Constitucional y la vigencia de las normas impositivas de periodo,
¿favorabilidad en la retroactividad impropia? Conclusiones. Bibliografía.
introduccin
Como mandatos de optimización insertos en nuestro ordenamiento nor-
mativo, los principios constitucionales del derecho tributario comportan
la calidad de preceptos abstractos de rango constitucional, cuya función y
finalidad están encaminadas a servir de orientación y de frontera filosófica
al legislador en su labor de creador de la ley, y a su vez, fungir como pilares
integradores del ordenamiento jurídico tributario.
K. Larenz manifestó en su momento que los principios constitucio-
nales deben ser tenidos como “aquellos pensamientos directores y causas
de justificación de una regulación positiva en la que subyace la idea de un
derecho más justo”; bajo tal definición puede considerarse que en Colombia
los principios constitucionales propios del derecho tributario deben servir
como parámetros al ejercicio del poder tributario, y en línea con ello, ser
implementados como cánones de interpretación de las normas que definen
cargas fiscales en nuestro ordenamiento jurídico.

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