Los recursos
Páginas | 325-370 |
LOS RECURSOS
1. PRINCIPIO S GENERALES
un aporte de especial importancia toda vez que en el pasado, con los regíme-
o se preveían recursos de apelación contra actos emitidos por un funcionario
que carecía de superior jerárquico.
En contra de las decisiones disciplinarias, sean ellas administrativas o
judiciales que pueden limitar el derecho de contradicción, el Código Gene-
ral Disciplinario consagra los recursos de reposición, en unos casos y el de
incluye la consulta (llamada a desaparecer, porque no sirve para nada).
Y si son los sujetos procesales, ¿quiénes, en principio, son los titulares
En forma general, son los titulares de un derecho subjetivo, particular y
concreto (el disciplinado), o por quien demuestre un interés jurídico (quejoso, en
-
tario y acoso laboral) o un interviniente (testigo renuente, quejoso temerario).
En el capítulo sobre Los Sujetos Procesales de la presente Obra, profun-
dizamos en el tema.
y “puso la casa en orden” en el tema de los recursos.
Con el advenimiento de un nuevo procedimiento disciplinario, dividido
en tres fases de indagación previa, investigación disciplinaria y juzgamiento,
los cambios en el Código General Disciplinario eran inevitables y los ajustes
326 Óscar Vil legas G arzón
lo mismo con la etapa del juzgamiento porque, en tratándose de un proceso
-
listado del artículo 134.
Entremos en materia.
misma es el comienzo de la materialización del derecho de impugnación, de
contradicción, que se predica de los sujetos procesales, que tiene como supuesto
objetivo la interposición y sustentación de un recurso que se encamina a que
hace, coloca a la Administración en la alternativa de pronunciarse y agotar el
no lo hace, se produce similar enclave, pudiendo él optar, en los casos en que lo
autoriza la ley, acudir ante la justicia administrativa a plantear sus pretensiones.
vía gubernativa desapareció de la terminología procesal administ rativa, relativa
a los recursos consagrados en la ley, esto es, con la reposición y la apelación”.
de lo Contencioso Administrativo. Sección Cuarta. C.P. Carmen Teresa Ortiz.
precisa sobre este tópico:
“... la vía gubernativa es la etapa de las act uaciones administrativas, subsiguiente a la
el acto no sólo en su legalidad, sino ta mbién en cuanto a su conveniencia u oportun idad,
recurso de reposición, o le dé t rámite inmediato en trat ándose del recurso de apelación,
220.
2. LOS ANTECEDENTES EN EL CONGR ESO DE LA REPÚBLICA
los recursos fueron operativos, sin mucha carga académica, lo que facilitó la
220 , J. O. Ob. cit., p. 256.
327
L
diseñados en frente de la norma legal que iba a ser sustituida, en este caso el
Código Único Disciplinario (su denominación se mantuvo por un tiempo).
“
Aquí se abordaron los temas rela cionados con el auto que niega pruebas o copias a los
En cuanto al recur so de reposición se argumenta que procede contr a el auto que niega
la solicitud de copias o pruebas al d isciplinado o su apodera do, sin embargo, debe
tenerse en cuenta que en el pro ceso disciplinario intervienen ot ros sujetos procesales
-
judicados y los afectados con las cond uctas de acoso laboral, quienes también pueden
estar asistidos por apoderado judicial.
evento en el que cualquiera de los sujetos procesale s puede solicitarlo al despacho que
de cierre de investigación y de tr aslado para alegatos de conclusión, por su misma na-
turaleza (autos de sustancia ción) no se considera oportuno c onceder tal prerrogativa.
A esto se suma que el proyecto de reforma en lo que t iene que ver con el cierre de
investigación le abre la posibilidad a los sujetos procesales de presentar alegaciones
previas a la evaluación de esta et apa, siendo este instrumento el que recogerá los ar-
gumentos de defensa y posible desaproba ción de dicha providencia.
(INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE
LEY 195 DE 2014 CÁM ARA , 55 DE 2014 SEN ADO por medio de la cual se expide
-
DE REPRESENTANTES).
3. CLASES, OPORTUNI DAD, INTERPOSIC IÓN Y SUSTENTACIÓN
3.1. C
contra una decisión administrativa o judicial, son los que consagra el Código
General Disciplinario: reposición, apelación y queja.
Es posible que en otros ordenamientos se contemplen distintas alternativas
como el recurso de súplica, el de hecho, o los extraordinarios de revisión y de
s de clara estirpe judicial, no administrativa.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba