Resarcimiento de los daños derivados de la Omisión de Reconocimiento tempestiva del padre a su hijo
Autor | Julián Emil Jalil |
Cargo del Autor | Juez de Cámara (Tribunal de Apelación). Ex Juez Civil y Comercial de 1ra Instancia. Doctor en Derecho (UCES). Especialista en Derecho Civil (U. de Salamanca, España). Especialista en Derecho de Daños (UBA). Posgraduado en Derecho Continental (En la U. de Paris-Francia). Posgraduado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos (U. de Bologna- ... |
Páginas | 165-186 |
C V III
R O
R
Por Julián Emil
para conocer a la descendencia resulta una premisa fundamental reconocerlo
como tal, es decir, exteriorizar el acto volitivo por el cual el progenitor
la falta de reconocimiento tempestivo por parte del progenitor, teniendo en
sus orígenes acogida doctrinaria y jurispr udencial en determinados países y
Falaz argumento por cierto, del cual no fueron ajenos los tribunales de los
EE.UU., Italia y Alemania, en tiempos no demasiado remotos, revirtiendo
jurisprudencia en ciertos países latinoamericanos, aplicando los principios
1.
1
, Julián
un leading case
, por
la jurisprudencia posterior al fallo, y por la legislación comparada4.
Perrot, 1987. , Omar,
,
, Eduardo
, Germán J., “Cuestiones sustanciales y procesales en un juicio de filiación por
, Eduardo A.
, Osvaldo Onofre, “Improcedencia
,
4
acción de reclamación de paternidad es acogida judicialmente, el tribunal puede a petición
de la madre condenar al padre a reembolsar todo o parte de los gastos de la maternidad y los
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