RESOLUCION 01241 RD 5656
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5656 21 AGOSTO 2015 |
Emisor | Secretaria Distrital de Ambiente |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5656 • pP. 1-1 • 2015 • AGOSTO • 21
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5656
2015 • AGOSTo • 21
RESOLUCIONES DE 2015
SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE
Resolución Número 01241
(Agosto 20 de 2015)
“Por la cual se modifica la
LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las conferidas por el Artículo 66 de
la Ley 99 de 1993, el Acuerdo 257 de 2006, el
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 123 de 2015, la Secretaría
Distrital de Ambiente, generó el Programa de Filtros
de Partículas Diésel para Bogotá, –BDPF.
Que conforme lo establece el Artículo 1 de la citada
norma, el objetivo principal de ésta, consiste en es-
tablecer el Programa de Filtros de Partículas Diésel
para Bogotá –BDPF-, el cual contiene un esquema
de aprobación local y los lineamientos técnicos, en-
contrando dentro de aquellos la gradualidad para la
implementación de la medida, así como los niveles de
emisión y opacidad a que se encuentran sometidos
los automotores, conforme los lineamientos técnicos
contenidos en el documento técnico de soporte de-
nominado “Por la cual se establece el esquema de
aprobación local para Filtros de Partículas Diésel y
los lineamientos técnicos para la implementación de la
medida 5B del Plan Decenal de Descontaminación del
Aire para Bogotá” de diciembre de 2014, y que gura
como anexo 1 de dicho acto administrativo.
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo
6 de la Resolución 123 de 2015 “El Esquema de Apro-
bación Local orienta las acciones que deben realizar
fundamentalmente el fabricante, el distribuidor o repre-
sentante local de los sistemas DPF que deseen obtener
la aprobación local para la implementación de Filtros
de Partículas en el marco de la implementación del
Programa de Filtros de Partículas para Buses Diésel
de Bogotá -BDPF”.
Que en virtud a lo anterior, todo vehículo con motor
ciclo diésel objeto de reacondicionamiento (retrot) con
DPF, debe hacer uso de sistemas de pos-tratamiento
de emisiones, aprobados por la Secretaría Distrital de
Ambiente, éstos serán publicados en la página web de
esta entidad en un listado de ltros de partículas diésel
denominada: Lista de Tecnologías Vericadas para la
implementación del Programa de Filtros de Partículas
Diésel de Bogotá de la SDA (Lista BDPF-SDA).
Que el Artículo 8 de la Resolución 123 de 2015, señala
que corresponde a la Secretaría Distrital de Ambiente,
realizar la evaluación para otorgar o no la Aprobación
Local, con base en la documentación presentada por
el interesado y los resultados de las pruebas al (los)
sistema (s) DPF(s).
Que no obstante lo anterior, mediante radicado No.
2015IE129905, la Subdirección de Calidad del Aire,
Auditiva y Visual de la Secretaría Distrital de Ambien-
te, señaló la necesidad de modicar el esquema de
aprobación local, contenido en el Capítulo III, Artículos
6,7, y 8 de la Resolución 123 de 2015, el cual deberá
estar enfocado a la gestión propia de los interesados en
vericar el cumplimiento de los requisitos técnicos de
los sistemas DPF y no de la aprobación que realizaría
la Secretaría Distrital de Ambiente de dichos ltros,
hecho que éste que genera igualmente, la necesidad
de modicar los Artículos 9 y 10 de la citada norma.
Que así las cosas, el mencionado concepto indicó lo
siguiente:
Si bien el Artículo 8 de la Resolución 0123 de
2015 establece los parámetros y condiciones
bajo los cuales la SDA debe evaluar para otorgar
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