Responsabilidad por no cumplir la obligación de proteger - Responsabilidad estatal frente a los hechos de actores privados. Jurisprudencia internacional - Libros y Revistas - VLEX 777692709

Responsabilidad por no cumplir la obligación de proteger

AutorDavid. L. Attanasio
Páginas11-60
Capítulo II
Responsabilidad poR no cumpliR
la obligación de pRotegeR
Existe en la jurisprudencia internacional consenso en cuanto a que
un Estado puede ser responsable por incumplir la obligación de prote-
ger contra un hecho contrario a los derechos humanos perpetrado por
un actor privado. El planteamiento más detallado del estándar de esta
forma de responsabilidad ha sido desarrollado por la jurisprudencia de
la Corte Europea de Derechos Humanos y de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos. La Corte Internacional de Justicia, el Comi-
té de Derechos Humanos, el Comité contra la Tortura y los tribunales
arbitrales coinciden en la existencia de esta forma de responsabilidad,
pero no desarrollan detalladamente bajo qué circunstancias se aplica.
A continuación se hará un recuento de cómo cada tribunal ha com-
prendido la responsabilidad por no cumplir la obligación de proteger.
1. Corte europea de dereChos humanos
Según la Corte Europea, un Estado es responsable por violación a la
prohibición de esclavitud y servidumbre, o a los derechos a la vida, la in-
tegridad personal, la libertad física o la vida privada, como resultado
de los hechos de actores privados, cuando: 1) los hechos vulneran estos
derechos, 2) “las autoridades saben o deben saber que existe un riesgo
real e inmediato” sobre la víctima o sobre un grupo de personas al que
ésta pertenece, 3) no se toman medidas razonables para evitar el riesgo
—ya sea adoptando un marco legislativo y administrativo ecaz o rea-
lizando actividades concretas para responder a un riesgo especíco—,
y 4) las medidas omitidas, en caso de haber sido utilizadas, “habrían
podido evitar el riesgo”12.
En los siguientes párrafos se describirá cómo este estándar surgió
en la jurisprudencia de la Corte Europea. Primero, se explicarán los
12 Ver infra nota 22.
Responsabilidad e statal fRente a los hechos de actoRes pR ivados12
principios generales que constituyen el fundamento de esta forma de
responsabilidad. Luego, se presentarán algunas circunstancias concre-
tas en las que se aplica esta forma de responsabilidad. Por último, se
considerará su aplicación en un escenario de violencia generalizada.
A) Historia y principios generales de la responsabilidad
por no cumplir la obligación de proteger
La responsabilidad del Estado por violaciones de derechos humanos
que se generan por el incumplimiento de la obligación de proteger
tiene fundamento en las obligaciones sustanciales adquiridas bajo
el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Convenio especí-
ca que “[e]l derecho de toda persona a la vida está protegido por
la ley”13, “[n]adie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes”14, “[n]adie podrá ser sometido a esclavitud
o servidumbre”15, “[t]oda persona tiene derecho a la libertad y a la se-
guridad”16, y “[t]oda persona tiene derecho al respeto de su vida privada
y familiar”17. En varias sentencias, la Corte Europea señala que la res-
ponsabilidad por protección inadecuada se genera por la combinación
de estos derechos sustanciales con la obligación estatal general de re-
conocer “a toda persona bajo su jurisdicción los derechos y libertades
[...] del presente Convenio”18.
La Corte Europea de Derechos Humanos en L.C.B. v. the United
Kingdom —sobre el alcance del derecho a la vida—, y en otros casos,
estableció que estas normas imponen obligaciones tanto positivas como
negativas. En este caso se requirió al Estado a que “tom[e] medidas
que provean protección ecaz a las personas vulnerables [...]”19. Sin
13 Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms [Con-
venio Europeo de Derechos Humanos] art. 2.1, 11 de abril de 1950.
14 Ibid. art. 3º.
15 Ibid. art. 4º.
16 Ibid. art. 5º.
17 Ibid. art. 8º.
18 Ibid. art. 1º. Vale la pena indicar que la Corte menciona la obligación de reconocer
los derechos principalmente con respecto a la obligación de proteger contra vulneraciones
del derecho a la integridad personal.
19 EurCHR, Storck v. Germany, Judgment of 16 June 2005, App. núm. 61603/00,
párr. 102 (“to take measures providing effective protection of vulnerable persons [...]”)
(establece la obligación positiva de proteger el derecho a la libertad física); ver también
EurCHR, L.C.B. v. the United Kingdom, Judgment of 9 June 1998, App. núm. 23413/94,
párr. 36 (establece la obligación positiva de proteger el derecho a la vida pero no declara
13Responsabilidad p oR no cumpliR la ob ligación de pRote geR
embargo, se aclara que esta obligación no es absoluta y está limitada
por consideraciones prácticas20. Según Osman v. the United Kingdom,
la interpretación de la carga impuesta debe reejar:
una violación); EurCHR, A. v. the United Kingdom, Judgment of 23 September 1998,
App. núm. 25599/94, párr. 22 (establece la obligación positiva de proteger el derecho a
la integridad personal); EurCHR, Bevacqua and S. v. Bulgaria, Judgment of 12 June 2008,
App. núm. 71127/01, párrs. 64-65 (reconoce la obligación positiva de proteger el derecho
a la vida privada); EurCHR, Siliadin v. France, Judgment of 26 July 2005, App. núm.
73316/01, párrs. 112, 143, 148 (establece la obligación positiva de proteger de las violacio-
nes a la prohibición de esclavitud y servidumbre en un caso de servidumbre doméstica).
La Corte conrmó la norma sobre la obligación de proteger el derecho a la vida en
EurCHR, Opuz v. Turkey, Judgment of 9 June 2009, App. núm. 33401/02, párr. 128; Eur
CHR, Öneryıldız v. Turkey [GC], Judgment of 30 November 2004, App. núm. 48939/99,
párr. 71; EurCHR, Paul and Audrey Edwards v. the United Kingdom, Judgment of 14
March 2002, App. núm. 46477/99, párr. 54; EurCHR, Keenan v. the United Kingdom,
Judgment of 3 April 2001, App. núm. 27229/95, párr. 89 (pero no declara una violación
del derecho a la vida); EurCHR, Osman v. the United Kingdom [GC], Judgment of 28
October 1998, App. núm. 23452/94, párr. 115 (pero no declara una violación del derecho
a la vida). La obligación de proteger el derecho a la integridad personal fue conrmada
en EurCHR, Z and Others v. the United Kingdom [GC], Judgment of 10 May 2001,
App. núm. 29392/95, párr. 73; EurCHR, B v. The Republic of Moldova, Judgment of 16
July 2013, App. núm. 61382/09, párr. 43; EurCHR, Mudric v. The Republic of Moldova,
Judgment of 16 July 2013, App. núm. 74839/10, párr. 40; EurCHR, Eremia v. The Re-
public of Moldova, Judgment of 28 May 2013, App. núm. 3564/11, párr. 49; EurCHR,
Savriddin Dzhurayev v. Russia, Judgment of 25 April 2013, App. núm. 71386/10, párr.
179; EurCHR, Valiulienė v. Lithuania, Judgment of 26 March 2013, App. núm. 33234/07,
párr. 74; EurCHR, Đurđević v. Croatia, Judgment of 19 July 2011, App. núm. 52442/09,
párr. 51 (no declara una violación); EurCHR, Beganović v. Croatia, Judgment of 25
June 2009, App. núm. 46423/06, párr. 70 (encuentra una violación sólo por la falta
de investigación adecuada); EurCHR, Opuz v. Turkey, Judgment of 9 June 2009, App.
núm. 33401/02, párr. 159. La obligación de proteger el derecho a la libertad física fue
conrmada en EurCHR, El-Masri v. the former Yugoslav Republic of Macedonia [GC],
Judgment of 13 December 2012, App. núm. 39630/09, párr. 239; EurCHR, Stanev v.
Bulgaria, Judgment of 17 January 2012, App. núm. 36760/06, párr. 120; EurCHR,
Medova v. Russia, Judgment of 15 January 2009, App. núm. 25385/04, párrs. 123-25.
La obligación de proteger el derecho a la vida personal fue conrmada en EurCHR, A
v. Croatia, Judgment of 14 October 2010, App. Núm. 55164/08, párrs. 57-60; EurCHR,
Hajduová v. Slovakia, Judgment of 30 November 2010, App. núm. 2660/03, párrs. 45-46.
La obligación de proteger de las violaciones a la prohibición de esclavitud y servidumbre
fue conrmada como obiter dicta en EurCHR, C.N. v. the United Kingdom, Judgment
of 13 November 2012, App. núm. 4239/08, párr. 67; EurCHR, C.N. and V. v. France,
Judgment of 11 October 2012, App. núm. 67724/09, párr. 69; EurCHR, Rantsev v. Cy-
prus and Russia, Judgment of 7 January 2010, App. núm. 25965/04, párrs. 284-286; ver
también EurCHR, V.F. c. France, Décision du 29 novembre 2011, App. núm. 7197/10.
20 EurCHR, Osman v. the United Kingdom [GC], supra, nota 19, párr. 116 (“such
an obligation must be interpreted in a way which does not impose an impossible or
disproportionate burden on the authorities”.) (pero no declara una violación del derecho
a la vida).

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