El RUP como sistema de información en el cual se inscribe la calificación y clasificación - Principio de selección objetiva - Principios específicos que rigen la contratación estatal - Los principios que rigen la contratación estatal - Prácticos vLex - VLEX 590688854

El RUP como sistema de información en el cual se inscribe la calificación y clasificación

Con la expedición de la Ley 1150 de 2007 el legislador introdujo dos modificaciones sustanciales en torno a los procesos de contratación con el estado:

  • Determinó que existen unos requisitos habilitantes y unos de calificación o ponderación de las propuestas. Los primeros, refieren a las condiciones que debe reunir el proponente para que pueda participar dentro de un proceso de selección, los cuales serán objeto de mera verificación por parte de la entidad. Los segundos, son aquellos aspectos técnicos, económicos y jurídicos de las propuestas con base en los cuales éstas serán evaluadas y calificadas para la obtención de un puntaje.
  • Designó en las Cámaras de Comercio la función de verificación documental de las condiciones del proponente y respecto de lo cual emitirá una certificación.

En relación con este segundo aspecto, el cual se explicará en detalle en la sección "El registro único de proponentes", basta mencionar que las Cámaras de Comercio tienen la labor de llevar un registro en el cual constará la información relacionada con la experiencia, capacidad jurídica, financiera y organizacional del proponente respecto de la cual se otorgará un puntaje para determinar la capacidad máxima de contratación (el denominado “k” de contratación).

Tales requisitos, precisamente, aluden a las condiciones del proponente las cuales corresponden a los requisitos habilitantes que verificará la entidad en el curso del proceso de selección para determinar si el oferente “cumple o no cumple”, con el propósito de que, posteriormente, su propuesta económica sea evaluada y calificada.

Así las cosas, las Cámaras de Comercio llevan un registro que se denomina “registro único de proponentes”...

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