De las sanciones y medidas de policía - Ley 99 de 1993 - Régimen ambiental - Libros y Revistas - VLEX 400769926

De las sanciones y medidas de policía

AutorJiménez Lozano, Álvaro
Páginas189-191
189
Régimen Ambiental Colombiano
indígenas y de las negras tradicionales de acuerdo con la Ley 70 de
1993 y el artículo 330 de la Constitución Nacional, y las decisiones
sobre la materia se tomarán, previa consulta a los representantes de
tales comunidades.
Nota: Véase el Decreto 1320 de 1998 por el cual se reglamenta la
consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la
explotación de los recursos naturales dentro de su territorio.
Constitución Política. Artículo 330. Funciones de los gobiernos de los
territorios indígenas.
TÍTULO XI
DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
EN ASUNTOS AMBIENTALES
Artículo 77 A 82.
Nota: Los artículos 77 a 82 fueron derogados por el artículo 32 de la Ley
0393 de 1997 por la cual se desarrolló el artículo 87 de la C. N., sobre la
Acción de Cumplimiento.
TÍTULO XII
DE LAS SANCIONES Y MEDIDAS DE POLICÍA
Nota: Los artículos 83 a 86 destacados en cursiva entre corchetes fueron
subrogados por el artículo 66 de la Ley 1333 de 2009 por la cual se establece
el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.
Artículo 83. Atribuciones de policía. [El Ministerio del Medio
Ambiente y las corporaciones autónomas regionales, además de los
departamentos, municipios y distritos con régimen constitucional
especial, quedan investidos, a prevención de las demás autoridades
competentes, de funciones policivas para la imposición y ejecución
de las medidas de policía, multas y sanciones establecidas por la
ley, que sean aplicables según el caso.
Artículo 84. Sanciones y denuncias. Cuando ocurriere violación
de las normas sobre protección ambiental o sobre manejo de
recursos naturales renovables, el Ministerio del Medio Ambiente o
las corporaciones autónomas regionales impondrán las sanciones
que se prevén en el artículo siguiente, según el tipo de infracción
y la gravedad de la misma. Si fuere el caso, denunciarán el hecho
ante las autoridades competentes para que se inicie la investigación
penal respectiva.

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