Título VIII. (Régimen Simplificado) - Libro Tercero. Impuesto sobre las Ventas (Artículo 420 al Artículo 513) - Estatuto Tributario Nacional - Estatuto Tributario Nacional Concordado 2022 - Libros y Revistas - VLEX 905334994

Título VIII. (Régimen Simplificado)

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena/Leonardo Varón García/Cindy Lorena Chavarro Moreno
Páginas710-711
710 Estatuto Tributario Nacional 2022
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 906047 DE 14 DE OCTUBRE DE 2020. DIAN. El IVA pagado por el franquiciado en la producción o
comercialización de las actividades de que trata el artículo 2 del Decreto-Ley 789 de 2020 no recibe el tratamiento de
impuesto descontable, constituyendo un mayor valor del costo o gasto.
CONCEPTO 905187 DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 2020. DIAN. Los exportadores están en la obligación de presentar la
declaración del IVA por los bimestres en que se hayan efectuado operaciones sometidas al impuesto o que den lugar a
impuestos descontables, ajustes o deducciones.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 20814 DE 25 DE MAYO DE 2017. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. JORGE OCTAVIO RAMÍREZ
RAMÍREZ. Procedencia de la solicitud de impuestos descontables.
ARTÍCULO 497. DESCUENTOS CALCULADOS PARA INTERMEDIARIOS. (Aparte
entre corchetes derogado por el artículo 20 de la Ley 2010 de 27 de diciembre de
2019). Los intermediarios de que tratan los incisos 1 y 2 del artículo 438, calcularán como
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resulte de aplicar la tarifa del impuesto sobre el valor neto liquidado al tercero por concepto de
la operación. Para la procedencia de este descuento, el tercero debe revestir la condición de
responsable del impuesto y no encontrarse dentro del  que establece
el Título VIII del presente Libro.
Decreto Único Reglamentario 1625 de 11 de octubre de 2016:
ARTÍCULO 1.3.1.6.1. DESCUENTO IMPUTABLE AL PERIODO FISCAL. Los intermediarios de que tratan los incisos 2 y
3 del literal a) del artículo 5 del Decreto 3541 de 1983 (hoy incisos 2 y 3 del artículo 438 del Estatuto Tributario), calcularán
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del impuesto sobre el valor neto liquidado al tercero por concepto de la operación. Para la procedencia de este descuento,
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establece el Capítulo IX del Decreto 3541 de 1983 (hoy Título VIII del Libro Tercero del Estatuto Tributario). (Artículo 5,
Decreto 570 de 1984) (Decreto 570 de 1984 rige a partir del 1 de abril de 1984, salvo lo previsto en los artículos
31 y 32, con relación a los cuales rige a partir de la fecha de su expedición. Artículo 37, Decreto 570 de 1984)
CONCORDANCIAS:
Estatuto Tributario Nacional: Art. 438 y Arts. 499 y ss.
DOCTRINA: (Para su consulta ingrese a www.etn.nuevalegislacion.com).
CONCEPTO 000278 DE 6 DE MARZO DE 2018. DIAN. Aplicación del IVA para agencias intermediarias en la compra de
tiquetes aéreos.
CONCEPTO TRIBUTARIO 087007 DE 25 DE OCTUBRE DE 2007. DIAN. Base gravable del impuesto sobre las ventas
facturadas en desarrollo de los contratos de concesión mercantil.
ARTÍCULO 498. IMPUESTOS DESCONTABLES EN LOS SERVICIOS. (Artículo
ARTÍCULO 498-1. IVA DESCONTABLE EN LA ADQUISICIÓN DE BIENES DE CAPITAL.
(Artículo adicionado por el artículo 60 de la Ley 1607 de 26 de diciembre de 2012,
TÍTULO VIII
{RÉGIMEN SIMPLIFICADO}
(Epígrafe del Título VIII derogado por el artículo 20 de la Ley 2010 de 27 de diciembre
ARTÍCULO 499. QUIÉNES PERTENECEN A ESTE RÉGIMEN. (Artículo derogado por
Art. 497

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