De los alimentos - Parte II - Una mirada al derecho de familia desde la psicología jurídica - Libros y Revistas - VLEX 950961796

De los alimentos

AutorLuz Amparo Serrano Quintero
Páginas146-172
L
De los alimentos
Noción y fundamentación
a alimentación es uno de los efectos del parentesco y de que se
cumpla con este deber depende la supervivencia de muchas personas
que dependen económicamente de su núcleo familiar. Por esto, el
incumplimiento de este deber puede ser causa de violencia intrafamiliar, lo
que hace que este tema adquiera una gran importancia tanto en el campo
social como en el jurídico; de ahí que la obligación de cumplir con los
alimentos esté regulada legalmente e incluso sancionada penalmente al
tipificar el delito de inasistencia alimentaria.
En sentido estricto, el tema tiene que ver con los principios de la
solidaridad y la protección de la vida. Es deber del Estado procurar un
estado de cosas que permita a los ciudadanos encontrar un trabajo digno
Art. 25 de la del CP— y, en caso de perder el empleo, posibilitar un subsidio
temporal que le permita al trabajador despedido sufragar los costos de
supervivencia para mismo y su familia. Para esto se creó la prestación
social de las cesantías, con miras a cubrir las necesidades alimentarias del
extrabajador y su familia, mientras el trabajador se reincorpora al mercado
laboral. Pero lo cierto es que la Ley establece gastos que se pueden
subvencionar con las cesantías, tales como la adquisición de vivienda, las
mejoras a la misma, la educación del trabajador o algún miembro de su
familia, el pago de deudas hipotecarias, del impuesto predial, de tal manera
que el auxilio de cesantías llega sin mayores fondos a la terminación del
1.
contrato. Por necesidad se hace, entonces, imperativo acudir a un pariente
Art. 411 del CC— que contribuya con su sustento.
De igual manera, si el trabajo de los colombianos fuera un trabajo
formal, donde en conjunto con su empleador cotizaran una pensión para la
vejez, no existirían adultos mayores pasando penurias por la falta tanto de
ingresos como de un sistema de salud que les brinde una verdadera
cobertura en su vejez. Pero en Colombia, que es un Estado con poca
previsión hacia estas situaciones, al no tener en cuenta las cifras del trabajo
informal y dejar sin reglamentar un subsidio de desempleo, desplaza y
centra en la familia la obligación legal de sufragar los gastos de
sostenimiento de alguno de sus miembros que se encuentre desamparado,
sin trabajo ni ingresos y, por consiguiente, con la necesidad manifiesta de
que alguien le ayude a su propia subsistencia.
La asistencia que se debe otorgar por la prestación de alimentos tiene un
ámbito de compresión más extenso que el concepto que se utiliza por el
común de los ciudadanos. En sentido jurídico, abarca todo lo que una
persona, sea mayor o menor de edad, requiere para su sustento:
manutención, asistencia médica, educación o instrucción del niño, niña o
adolescente, habitación, vestido, recreación y todo lo que sea necesario para
el desarrollo integral en el caso de los niños, las niñas y los adolescentes.
Comprende, además, la obligación de proporcionar a la madre los gastos de
embarazo y parto con miras a proveer las necesidades básicas que permitan
sustentar la vida del concebido, pero no nacido Art. 24 de la Ley 1098 de
2006).
Características de los alimentos
A continuación, se presentan las principales características del derecho de
alimentos:
Es un derecho inembargable por los acreedores; en consecuencia, no es
oponible a ninguna deuda como compensación.

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