Apéndice. Todavía sobre el caso Lautsi contra Italia - Desencantos para abogados realistas - Libros y Revistas - VLEX 947526560

Apéndice. Todavía sobre el caso Lautsi contra Italia

AutorPierluigi Chiassoni
Páginas277-281
APÉNDICE
TODAVÍA SOBRE EL CASO
LAUTSI CONTRA ITALIA
Como dije antes, los derechos humanos se encuentran hoy en
tiempos difíciles, también en los lugares donde se podría presumir
que fuesen más garantizados. Como lo sugiere la suerte que tuvo el
caso Lautsi.
Demandada por el gobierno italiano, la Corte europea del los
derechos del hombre, en composición ampliada (Grande Chambre),
ha retomado el caso Lautsi (et Autres) c. Italie en la sentencia 18 de
marzo del 2011{1}. La Corte ha revocado la decisión tomada por la
sección segunda en el 2009, considerando que la exhibición del
crucifijo en los salones de las escuelas públicas italianas no
constituye violación, ni de la combinación dispuesta en los art. 2.°,
Protocolo n.° 1, y 9 Cedu, ni del art. 14 Cedu {2}.
No habría violación de los art. 2.°, Protocolo n.° 1, y 9 Cedu, ya
que el deber de respetar las convicciones religiosas y filosóficas de
los padres y de los alumnos puede decirse violado únicamente
cuando el Estado realice conductas que constituyan
adoctrinamiento y/o proselitismo a favor de una determinada
confesión religiosa o convicción filosófica. No obstante, la
exposición del crucifijo carecería de tales connotaciones, sea por la
"pasividad" del símbolo, que simplemente cuelga en la pared, sea
porque está acompañada por medidas dirigidas a garantizar el
pluralismo confesional.
Además, no habría violación del art. 14 Cedu, ya que tal
disposición, relativa a las discriminaciones en el goce de los
derechos asegurados por la Convención, por razones de sexo, raza,
color, religión, etc., no expresaría una norma independiente
respecto a las otras disposiciones que adscriben los derechos

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