Auditoría de gestión - Revisoría fiscal ejercida con normas internacionales de auditoría y aseguramiento - Libros y Revistas - VLEX 928955094

Auditoría de gestión

AutorYanel Blanco Luna
Páginas203-227
Fase Normas internacionales que se utilizan
Fase III: Procedimiento de
auditoría en respuesta a los riesgos
valorados
Determinación de la naturaleza,
oportunidad y alcance de los
procedimientos sustantivos re-
queridos.
Pruebas de los controles.
Procedimientos sustantivos.
Evaluación de la evidencia.
Documentación.
NIA 230: Documentación de auditoría.
NIA 330: Respuestas del auditor a los riesgos
valorados.
NIA 520: Procedimientos analíticos.
NIA 260: Comunicación con los responsables
del gobierno de la entidad.
NIA 265: Comunicación de las deciencias
en el control interno a los responsables del
gobierno y a la dirección de la entidad.
CAPÍTULO 9
AUDITORÍA DE
GESTIÓN
REVISORÍA FISCAL EJERCIDA CON NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Y ASEGURAMIENTO
204
Marco normativo
El informe de gestión en Colombia
Las disposiciones colombianas relacionan el informe de gestión de la adminis-
tración con el auditor o revisor scal en un párrafo del artículo 38 de la Ley 222
de 1995 en los siguientes términos: “Cuando los estados nancieros se presenten
conjuntamente con el informe de gestión de los administradores, el revisor scal
o contador público independiente deberá incluir en su informe su opinión sobre
si entre aquellos y estos existe la debida concordancia”.
Las normas que regulan el contenido del informe de gestión de los administradores
son las siguientes:
Ley 222 de diciembre de 1995
Art. 45. Rendición de Cuentas. Los administradores deberán rendir
cuentas comprobadas de su gestión al nal de cada ejercicio, dentro del
mes siguiente a la fecha en la cual se retiren de su cargo y cuando se las
exija el órgano que sea competente para ello. Para tal efecto presentarán
los estados nancieros que fueren pertinentes, junto con un informe de
gestión.
La aprobación de las cuentas no exonerará de responsabilidad a los
administradores, representantes legales, contadores públicos, empleados,
asesores o revisores scales.
Art. 46. Rendición de Cuentas al n de Ejercicio. Terminado cada
ejercicio contable, en la oportunidad prevista en la ley o en los estatutos,
los administradores deberán presentar a la asamblea o junta de socios
para su aprobación o improbación, los siguientes documentos:
1. Un informe de gestión
2. Los estados nancieros de propósito general, junto con sus notas,
cortados a n del respectivo ejercicio.
3. Un proyecto de distribución de las utilidades repartibles.
Así mismo presentarán los dictámenes sobre los estados nancieros y
los demás informes emitidos por el revisor scal o por contador público
independiente.
Art. 47: Modicado por la Ley 603 de 2000, artículo 1º. Informe de
gestión. El informe de gestión deberá contener una exposición el sobre
la evolución de los negocios y la situación económica, administrativa y
jurídica de la sociedad.
El informe deberá incluir igualmente indicaciones sobre:
1. Los acontecimientos importantes acaecidos después del ejercicio.
2. La evolución previsible de la sociedad.
3. Las operaciones celebradas con los socios y con los administradores.

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