La revisoría fiscal en las pequeñas y medianas empresas - Revisoría fiscal ejercida con normas internacionales de auditoría y aseguramiento - Libros y Revistas - VLEX 928955099

La revisoría fiscal en las pequeñas y medianas empresas

AutorYanel Blanco Luna
Páginas259-279
CAPÍTULO 12
LA REVISORÍA FISCAL
EN LAS PEQUEÑAS
Y MEDIANAS EMPRESAS
Marco normativo
Artículo 4. Aseguramiento de la Información. Modifíquese el artículo 1.2.1.2 del
Decreto 2420 de 2015, el cual quedará así:
Artículo 1.2.1.2. Ámbito de aplicación. El presente título será de aplicación
obligatoria para todos los contadores públicos, en las siguientes condiciones:
1. Los revisores scales que presten sus servicios, a entidades del Grupo 1, y a las en-
tidades entidades del Grupo 2 que tengan más de 30.000 salarios mínimos mensua-
les legales vigentes (SMMLV) de activos o, más de 200 trabajadores en los términos
establecidos para tales efectos en el titulo 1 de la Parte 1 del Libro 1 y en el título 2
de la Parte 1 del libro 1, respectivamente, del Decreto 2420 de 2015 y normas pos-
teriores que lo modiquen, adicionen o sustituyan, así como a los revisores scales
que dictaminen estados nancieros consolidados de estas entidades, aplicaran las
NIA contenidas en el anexo 4 de dicho Decreto 2420 de 2015, en cumplimiento de
las responsabilidades contenidas en los articulos 207, numeral 7, y 208 del Código
de Comercio, en relación con el dictamen de los estados nancieros, y aplicaran las
ISAE contenidas en dicho anexo 4, en desarrollo de las responsabilidades contenidas
en el artículo 209 del Código de Comercio, relacionadas con la evaluación del cum-
plimiento de las disposiciones estatutarias y de la asamblea o junta de socios y con la
evaluación del control interno.
REVISORÍA FISCAL EJERCIDA CON NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Y ASEGURAMIENTO
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A los revisores scales de las entidades que no pertenezcan al Grupo 1 y que volun-
tariamente se acogieron a emplear el marco técnico normativo de dicho Grupo, les
será aplicable lo dispuesto en el presente artículo.
2. Los revisores scales que presten sus servicios a entidades no contempladas en
este artículo, continuarán aplicando los procedimientos de auditaria previstos en el
marco regulatorio vigente y sus modicaciones, y podrán aplicar voluntariamente las
NIA descritas en el numeral 1 anterior.
Parágrafo. El cálculo del número de trabajadores y de los activos totales, a que
alude el presente decreto se hará con base en el promedio de doce (12) meses
correspondientes al año anterior al del periodo objeto de los servicios de revisoría
 sc a l”.
Los contadores públicos colombianos, en la mayoría de los casos, deben desarro-
llar sus revisorías scales en pequeñas y medianas empresas (pymes), principal-
mente porque la Ley les impone este trabajo a esas empresas y no por voluntad de
los dueños. Sin embargo, el marco legal y reglamentario de Colombia está pen-
sado y diseñado para todas las empresas, lo mismo puede decirse de las Normas
Internacionales de Auditoría.
La Federación Internacional de Contadores (IFAC), que es la entidad encargada
de emitir las Normas Internacionales de Auditoría, considera que estas se
aplican a todas las auditorías sin tener en cuenta el tamaño del ente auditado.
Sin embargo, dicho organismo reconoce que las empresas pequeñas dan origen
a una serie de consideraciones especiales de auditoría, por lo cual emitió una
guía para usar las Normas Internacionales de Auditoría en las pymes: Guide
to Using International Standard on Auditing in the Audits Small-and-Medium-
sized Entities. Implementation Guide. December 2007. Esta guía, traducida por el
contador público Samuel Alberto Mantilla, fue publicada por Ecoe Ediciones en
junio de 2008.
Características de las entidades pequeñas
El auditor de cualquier entidad adapta el enfoque de auditoría a las circunstan-
cias de la entidad y del trabajo. Las características de las pequeñas y medianas
empresas, y su especial problemática, hacen que el enfoque que el revisor debe
imprimir a su trabajo y los problemas que durante este se le puedan presentar
dieran en gran medida de los que corresponden a empresas de gran tamaño. A
grandes rasgos, algunas de las características particulares de las empresas peque-
ñas son las siguientes:
Controles internos y segregación de funciones limitados.
Intervención directa y habitual de los propietarios en la gestión.
Ausencia de una organización administrativa totalmente desarrollada.
Participación poco importante en el mercado.

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