La causa - Existencia y validez del contrato - Teoría del contrato - Libros y Revistas - VLEX 929307619

La causa

AutorGloria Eugenia Cuervo Marín
Cargo del AutorAbogada de la Universidad de Medellín. Catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín y de la Facultad de Derecho de la Institución Universitaria de Envigado. Asesora temática y metodológica de tesis en derecho privado de la Institución Universitaria de Envigado. Consultora jurídica. Abogada litigante. Se ha desempeñado en...
Páginas269-293
C  VIII
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Asumida a ultranza como el referente genitor de las obligaciones, en punto a
la determinación del origen del compromiso asumido para ejecutar la prestación
a partir del consentimiento otorgado en la respectiva relación jurídica, resulta
pertinente en el devenir de este ejercicio remontarse a sus antecedentes en los
diferentes escenarios históricos de su accionar jurídico, a partir del derecho
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pretendida por los sujetos negociales al asumir sus compromisos, más que como
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atemperar la rigidez y casuística propias del Ius Civile; se mantiene en la edad
media con referencia primordialmente a la fuente obligacional, aunque con
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XVIII en Francia con Robert Joseph y Jean  , en el siglo XIX con
Marcel  y en la modernidad con Henry  y Louis    
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CAUSA
Conviene singularizar ab initio, en punto a una mejor comprensión de
la categoría jurídica causal objeto de estudio, los conceptos inherentes a su
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En ese orden de ideas procede precisar conceptual y brevemente el
consentimiento, objeto y móviles, con relación a la causa, para el efecto de
proscribir todo tipo de confusión con relación al alcance y contenido de cada
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270   
El consentimiento, en su sentido etimológico: cum sentire, es el acuerdo
celebrado entre dos o más personas con relación al contrato proyectado, como
resultante de la univocidad en la expresión de sus voluntades, derivada del
concurso de las dos partes intervi nientes y no solamente del de la parte que se
obliga. Como primigenia condición de existencia de una relación contractual, es
el fundamento del acto jurídico y la razón de ser de su obligatoriedad, al cual, a
términos del aforismo pacta sund servanda, se le atr ibuyó la categoría de norma
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y cuando se encuentre expresa e intencionalmente dirigido a generar efectos
jurídicos, es decir, responda por manera seria a la expresión de la voluntad de
quien se obliga y de aquel con quien éste adquiere esa obligación, con relación
a la materia que constituye el contenido del negocio jurídico a que se contrae
la creación de tal vínculo obligacional.
El objeto del contrato propende por vincular jurídicamente las voluntades
de las partes contratantes, para el efecto de generar obligaciones entre ellas,
o, lo que es igual, para obligar a una de las partes con la otra, si se trata de
un contrato unilateral o a las dos partes recíprocamente, si lo es de carácter
sinalagmático –perfecto– y el objeto de la obligación, por su parte, comporta
la prestación, como expresión de una conducta humana, a términos de los
preceptuado por el artículo 1517 C.C., que reza: “Toda declaración de voluntad
debe tener por objeto una o más cosas, que se trata de dar, hacer o no hacer. El
mero uso de la cosa o su tenencia puede ser objeto de la declaración”.
Cabe precisar empero, que el objeto de la obligación por manera alguna es
susceptible de ser confundido con la materialidad objetiva de las cosas, pues,
si bien la conducta humana se expresa a través del contexto de las mismas,
respecto a ellas no es posible emitir juicios de valor porque son axiológicamente
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al objeto lícito, pues, a términos de lo expresado con antelación, no apunta
evidentemente a que las cosas en sí mismas consideradas puedan ser lícitas
o ilícitas. El objeto de la obligación se contrae, como se precisó, al ejercicio
conductual humano sobre cosas corporales y cosas incorporales que reporten
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1  Mario. De las Obligaciones en Derecho Civil y Comercial. Legis Editores S.A.
Tercera Edición, 2000. p. 291.

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