Criterios para la interpretación de los contratos de condiciones uniformes, una estrategia para la reconstrucción del equilibrio jurídico y económico del contrato - Temas actuales en derecho y ciencia política - Libros y Revistas - VLEX 950736018

Criterios para la interpretación de los contratos de condiciones uniformes, una estrategia para la reconstrucción del equilibrio jurídico y económico del contrato

AutorLuis Carlos Plata López/Vladimir Monsalve Caballero
Páginas251-276
8Criterios para la
interpretación de los
contratos de condiciones
uniformes, una estrategia
para la reconstrucción del
equilibrio jurídico y
económico del contrato*
Luis Carlos Plata López**,
Vladimir Monsalve Caballero***
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Y JUSTIFICACIÓN
La estructura del actual derecho contractual, tanto en relaciones
civiles como comerciales, se centra en tres pilares fundamentales: la
buena fe, la equidad y la autonomía de la voluntad, todos ellos
inspirados en el liberalismo que motivó el movimiento codificador
en Europa y, particularmente, en Francia.
Sin embargo, las actuales condiciones del comercio y la
masificación, tanto del consumo como de la producción de bienes y
servicios, han llevado a la proliferación de la contratación en formas
pre impresas o predeterminadas, las cuales tienen la ventaja de
irradiar igualdad entre todos los contratantes, evitando diferencias
injustificadas y, además, disminuyen los costos de transacción en las
negociaciones. Sin embargo, también pueden generar serias
desigualdades entre la parte proponente y quien adhiere al negocio,
debido al poder de negociación y a las asimetrías de información
que puedan presentarse entre una y otra.
Dichas desigualdades se consolidan cuando una de las partes
ostenta la condición de profesional, que de manera permanente y
con ánimo de lucro desarrolla una actividad mercantil, con pleno
conocimiento de las características del producto o servicio que
ofrece, y la otra es un lego en la materia, quien de manera
esporádica y con la intención de satisfacer una necesidad concreta,
se ve abocado a celebrar el negocio que se le está ofreciendo o
poniendo a su consideración, sin la posibilidad de discutir o disentir
acerca del contenido del mismo.
Ese fenómeno puede llevar a que el contenido de dichos
contratos de adhesión o de condiciones uniformes, presente serías
dificultades para la parte que lo acepta, desde diversas perspectivas.
Por ejemplo, por la presencia de cláusulas abusivas o terriblemente
gravosas, cláusulas de exoneración o limitación de la
responsabilidad, la presencia de obligaciones o deberes accesorios
diferentes al objeto principal del contrato, limitaciones o
restricciones en el ejercicio de las acciones o derechos contractuales,
dificultad de conocer y comprender el contenido de dichos
documentos, o excesivo tecnicismo o complejidad en la redacción
de los mismos, lo que dificultaría su comprensión por aquellos que
desconocen las particularidades del negocio que se ha celebrado.
Bajo estas perspectivas, las partes involucradas en el negocio
se pueden ver enfrentadas a serias diferencias, ya sea sobre el
contenido mismo de las obligaciones, la forma de cumplir las
prestaciones del negocio o las consecuencias del incumplimiento
contractual, todo lo que eventualmente podría derivar en conflictos
de intereses entre ellas y echar al traste el esfuerzo económico que
se destinó para el perfeccionamiento del contrato.
Los conflictos contractuales que surjan de las contingencias
antes enunciadas, deberán ser solucionados por la justicia ordinaria
o la arbitral (según la existencia o no de cláusulas compromisorias)

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