Demanda y contestación - Libro segundo. Actos procesales sección primera. objeto del proceso - Código general del proceso - Libros y Revistas - VLEX 934466494

Demanda y contestación

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas81-99
Libro Segundo - Actos procesales 81
LIBRO SEGUNDO
ACTOS PROCESALES
SECCIÓN PRIMERA
OBJETO DEL PROCESO
TÍTULO ÚNICO
DEMANDA Y CONTESTACIÓN
CAPÍTULO I
DEMANDA
ARTÍCULO 82. REQUISITOS DE LA DEMANDA. Salvo disposición en
contrario, la demanda con que se promueva todo proceso deberá reunir
los siguientes requisitos:
1. La designación del juez a quien se dirija.
2. El nombre y domicilio de las partes y, si no pueden comparecer por
sí mismas, los de sus representantes legales. Se deberá indicar el
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de los demandados si se conoce. Tratándose de personas jurídicas o
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(NIT).
3. El nombre del apoderado judicial del demandante, si fuere el caso.
4. Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad.
5. Los hechos que le sirven de fundamento a las pretensiones,
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6. La petición de las pruebas que se pretenda hacer valer, con indicación
de los documentos que el demandado tiene en su poder, para que
este los aporte.
7. El juramento estimatorio, cuando sea necesario.
8. Los fundamentos de derecho.
9. La cuantía del proceso, cuando su estimación sea necesaria para
determinar la competencia o el trámite.
Art. 82
82
10. El lugar, la dirección física y electrónica que tengan o estén obligados
a llevar, donde las partes, sus representantes y el apoderado del
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11. Los demás que exija la ley.
PARÁGRAFO 1. Cuando se desconozca el domicilio del demandado o el
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se deberá expresar esa circunstancia.
PARÁGRAFO 2. Las demandas que se presenten en mensaje de datos
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CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
Código General del Proceso: Arts. 17 al 34, 63 al 65, Arts. 73 y ss., Arts. 78, 79, Arts.
83 y ss., Arts. 97, 100, 104, 107, 108, 206, Arts. 368 y ss., Arts. 375, 391, 399, 401, 408,
409, 463, 482, 488, 523, 578, 586 y 607.
*Ley 527 de 18 de agosto de 1999: Art. 2 lit. c).
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
CONCEPTO 2333 DE 5 DE JULIO DE 2018. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO
Y REGISTRO. Representación profesional para adelantar el proceso de declaración de
pertenencia.
CONCEPTO 195004 DE 3 DE AGOSTO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE
INDUSTRIA Y COMERCIO. Requisitos para la presentación de la demanda de protección
al consumidor.
OFICIO 220-49970 DE 16 DE MAYO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
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naturaleza societaria en sede administrativa y/o jurisdiccional.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
EXPEDIENTE 3280 DE 21 DE OCTUBRE DE 2022. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DRA. MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ. De la interpretación de la demanda
para efectos de establecer el orden en que apreciarían las pretensiones al entrar a resolver
los recursos de apelación formulados por ambas partes, el juzgador optó por considerar
principal únicamente la primera y las demás como subsidiarias, de manera que su estudio
se supeditaría al fracaso de cada una de las precedentes. De haberse presentado algún
desafuero en la interpretación de la demanda, su ataque es ajeno a este escenario y sería
propio de un error de juzgamiento censurable por la vía de la causal segunda.
AUTO 3351 DE 31 DE MAYO DE 2016. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR.
FERNANDO GIRALDO GUTIÉRREZ. La Corte inadmite la demanda por no reunir los
requisitos formales contenidos en los artículos 82, 89, 357 y 358 del C.G.P.
ARTÍCULO 83. REQUISITOS ADICIONALES. Las demandas que versen
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No se exigirá transcripción de linderos cuando estos se encuentren
contenidos en alguno de los documentos anexos a la demanda.
Art. 83

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