Dispocisiones generales - Decreto 390 de 7 de marzo de 2016 - Estatuto aduanero colombiano. Segunda edición - Libros y Revistas - VLEX 729979009

Dispocisiones generales

AutorRamón Eduardo Guacaneme P.
Páginas15-57
15
Mapa Mental
Art. 1
16 Estatuto Aduanero Colombiano
TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES.
EXPLICACIÓN
Contexto del Título I
Composición
Capítulos 2
Secciones 3
Partes 0
Artículos 16
Índice
TIT CAP SEC PAR Artículo EA
I Disposiciones Generales 1 - 16
I Ámbito de Aplicación 1- 3
II Sistematización, garantías y resoluciones anticipadas 4 - 16
I Sistematización de los procesos 4 - 7
II Garantías 8 - 11
III Resoluciones Anticipadas 12 - 16
Resumen
Es el Título inicial del EA y en dos capítulos trata cuatro temas: 1. Donde se aplica el EA, es decir el
ámbito de aplicación, siendo la respuesta el Territorio Aduanero Nacional (TAN). Así mismo explica
los nueve principios generales que deben ser tenidos en cuenta para la interpretación y aplicación
de todo el EA y también se encuentra en el Art. 3 un glosario de términos aduaneros y de comercio
exterior con 101 conceptos, organizados en orden alfabético. 2. El criterio de sistematización de los
procedimientos aduaneros como regla y la realización de esos mismos de manera manual solo por
vía de excepción. 3. Desarrolla el concepto de garantía que sirve para garantizar el cumplimiento
de las obligaciones aduaneras. 4. Finalmente incorpora el concepto de resolución anticipada, que
de ne en el Art. 11 como un acto mediante el cual la autoridad aduanera o la autoridad competente,
antes de la importación de una mercancía, a solicitud de exportadores, importadores, productores,
sus representantes o cualquier particular legitimado, previo estudio de los documentos aportados,
expide una resolución que puede versar sobre 8 aspectos. Está compuesto por 16 artículos.
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación
ARTÍCULO 1. ALCANCE. El presente Decreto se aplica en la totalidad
del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se
establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el
ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el
territorio aduanero nacional, con sujeción a la Constitución y la Ley.
Así mismo, se aplica sin perjuicio de las disposiciones especiales y las
resultantes de acuerdos o tratados internacionales a los que haya adherido
o adhiera Colombia. Los acuerdos o tratados mencionados comprenden,
entre otros, los acuerdos comerciales y los referidos a la protección de la
propiedad intelectual.
Art. 1
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Título I - Disposiciones generales
La potestad aduanera se ejercerá, incluso, en el área demarcada del país
vecino donde se cumplan las formalidades y controles aduaneros en virtud
de acuerdos binacionales fronterizos.
EXPLICACIÓN
¿Dónde se aplica el EA?
El EA se aplica en el Territorio Aduanero Nacional (TAN)
¿Qué es y que comprende el Territorio Aduanero Nacional (TAN)?
La de nición de TAN la encuentra en el Art. 3º. A continuación incluimos una noción básica de cada
uno de los elementos que según ese concepto conforman el TAN, aclarando que cada uno de ellos
podría ser tema de una obra independiente:
• Subsuelo: Parte profunda del terreno a la cual no llegan los aprovechamientos super ciales
de los predios y en donde las leyes consideran estatuido el dominio público, facultando a la
autoridad gubernativa para otorgar concesiones mineras. (RAE, 2015)
• Mar Territorial: (Aguas jurisdiccionales); Zona marítima adyacente a la costa, que llega
hasta doce millas marinas y en la que los estados ejercen la plenitud de su soberanía. (RAE)
(12 millas náuticas equivalentes a 22.2 kilómetros) Es la franja de mar adyacente al territorio.
En este espacio el Estado ejerce soberanía total sobre ese mar incluyendo su lecho y subsuelo
así como el espacio aéreo sobre el mismo. Está permitido únicamente el paso inocente de
embarcaciones identi cadas con bandera de otros países que naveguen sin detenerse y en
forma pací ca13.
• Zona contigua. (12 millas náuticas adicionales al Mar Territorial para un total de 24 millas
náuticas) La zona contigua es un área marítima reconocida por el Derecho Internacional, a la
que tiene derecho todo Estado que tenga mar. Se aplica tanto al continente como a las islas
y cayos. La zona contigua como su nombre lo indica es el área inmediatamente siguiente al
Mar Territorial en la cual el Estado tiene facultades de jurisdicción y control en lo que tiene
que ver con asuntos de seguridad, materias scales, aduaneras, ambientales, de inmigración
y sanitarias, entre otros aspectos. También puede sancionar las infracciones de sus leyes y
reglamentos cometidas en su territorio o en su mar territorial14.
• Plataforma continental. Super cie de un fondo submarino cercano a la costa, comprendido
entre el litoral y las profundidades no mayores de 200 m y en cuyo límite hay una acentuación
brusca de la pendiente, que es el talud oceánico o continental. (RAE)
• Zona económica exclusiva Es la franja marítima que sigue al mar territorial y que tiene una
extensión de 200 millas náuticas contadas desde la línea de base de la costa de un Estado
(equivalentes a 370,4 kilómetros). En esta franja el Estado ejerce derechos de exploración
y explotación económicas de todos los recursos naturales vivos (pesca) y no vivos (minería)
que allí se encuentren, adoptando las medidas de conservación que estime convenientes.
No se tiene soberanía absoluta. Los demás Estados en esa área tienen completa libertad de
navegación, sobrevuelo, tendidos de cables submarinos, entre otros15.
• Espacio Aéreo Espacio que se sitúa sobre los límites territoriales de un Estado y respecto del
cual este ejerce poderes exclusivos. (RAE)
• Segmento de la Órbita Geoestacionaria La órbita geoestacionaria es una
línea circular imaginaria que se sitúa a una altura de 35.787 kilómetros sobre la super cie
terrestre en el plano del Ecuador, y en la que un satélite colocado en ella se mueve a una
velocidad equivalente a la del giro de la Tierra sobre su eje (23 horas y 56 minutos)16.
• Espectro electromagnético El espectro electromagnético es el conjunto de longitudes de
onda de todas las radiaciones electromagnéticas. Incluye:
Los rayos gamma tienen las longitudes de onda más cortas y las frecuencias más altas
conocidas. Son ondas de alta energía capaces de viajar a larga distancia a través del aire
y son las más penetrantes.
13 (http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/de niciones-sobre-mar-territorial-y-zona-contigua)
14 (http://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/de niciones-sobre-mar-territorial-y-zona-contigua)
15 (http://www.cancilleria.gov.co/en/node/7829)
16 (http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/orbita-geoestacionaria/orbita-geoestacionaria.htm)
Art. 1

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