Libertad religiosa, libertad de conciencia, objeción de conciencia - Objeción de conciencia - Libros y Revistas - VLEX 929225716

Libertad religiosa, libertad de conciencia, objeción de conciencia

Páginas19-33
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Capítulo II. Libertad religiosa, libertad de
conciencia, objeción de conciencia
a) Reducción de la libertad religiosa a la libertad
de conciencia
El concepto moderno de libertad religiosa nace en el contexto de la ruptura
religiosa en la Europa del siglo XVI. La consolidación de Estados de confesionalidad
heterogénea (católicos y protestantes) generó la aparición de minorías que
reivindicaban el derecho a profesar la propia fe dentro de un Estado que había
asumido una distinta. El reconocimiento de la libertad religiosa nació por tanto
como reivindicación de grupos minoritarios de creyentes frente a las pretensiones
de la confesionalidad religiosa ocial1.
La armación de la libertad de conciencia vino, por así decir, “después” de la
libertad religiosa, para recordar que existen convicciones no religiosas merecedoras
de una protección análoga. Desde la paz de Westfalia (1648), que puso n a las
guerras de religión en Europa, la libertad de conciencia comienza a adquirir un
reconocimiento especíco, distinto de la libertad religiosa. A nales del siglo XVIII
ya aparece consolidada la aceptación de un ámbito jurídico de protección más
amplio del culto religioso, que incluye las convicciones de cada persona, tengan o
no un origen religioso. A partir del período de la Sociedad de Naciones los textos
internacionales distinguen con claridad ambas libertades2.
1 Cfr. G. D T, “Libertà di coscienza e di religione”, Stato, Chiese e pluralismo confessionale, vol.
marzo, 2008, p. 4.
2 Cfr. J. A. A  C, “La protección internacional de la libertad de conciencia.
Reexiones en torno a la lectura del libro de Leonard M. Hammer «e International Human
Right to Freedom of Conscience. Some Suggestions for its Development and Application» (Ashgate.
Darmouth, 2001)”, Revista General de Derecho Canónico y Derecho Eclesiástico del Estado, vol. 2, 2003,
pp. 1-12. Como explica Viola, no es casualidad que la libertad de conciencia haya sido una “expansión
laica” de la libertad religiosa, que en cualquier caso ha sido el “centro propulsor”. El carácter sagrado
de las convicciones religiosas se comunica a todas aquellas que son vividas con un sentido similar de
obligatoriedad. Se trata, en general, de contenidos éticos cuyo cumplimiento es percibido como un
aspecto necesario de la propia dignidad y autoestima (cfr. F. V, “L’obiezione di coscienza come
diritto”, Persona y Derecho, vol. 61, 2009, p. 64).

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