Pensión de vejez
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena |
Páginas | 160-163 |
160 Sistema de Seguridad Social Integral
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• *Decreto-Ley 656 de 24 de marzo de 1994: Art. 14.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• EXPEDIENTE 75317 DE 29 DE JULIO DE 2020. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS
QUEVEDO. Cuando se discute el incremento o reajuste pensional con base en el IPC de una pensión del régimen de
y las regulaciones pensionales vigentes.
CAPÍTULO II
PENSIÓN DE VEJEZ
ARTÍCULO 64. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la
edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual
les permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual
vigente a la fecha de expedición de esta Ley, reajustado anualmente según la variación
dicho monto se tendrá en cuenta el valor del bono pensional, cuando a éste (sic) hubiere lugar.
Cuando a pesar de cumplir los requisitos para acceder a la pensión en los términos del inciso
anterior, el trabajador opte por continuar cotizando, el empleador estará obligado a efectuar
las cotizaciones a su cargo, mientras dure la relación laboral, legal o reglamentaria, y hasta
la fecha en la cual el trabajador cumpla sesenta (60) años si es mujer y sesenta y dos (62)
años de edad si es hombre.
• Inciso 2 del artículo 64 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-410 del 15 de septiembre
de 1994, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• *Ley 700 de 7 de noviembre de 2001: Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a mejorar las condiciones de
vida de los pensionados y se dictan otras disposiciones.
• *Decreto-Ley 1314 de 23 de junio de 1994: Por el cual se dictan las normas para la emisión y redención de los bonos
• *Decreto Único Reglamentario 1833 de 10 de noviembre de 2016: Art. 2.2.5.4.5.
• *Circular Conjunta Ministerio de la Protección Social – Ministerio de Hacienda y Crédito Público No. 1 de 24 de
enero de 2005:
de la Ley 797 de 2003.
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• CONCEPTO 51637 DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2019. MINISTERIO DEL TRABAJO. Uso de la justa causa de despido,
• CONCEPTO 2015070604-002 DE 16 DE AGOSTO DE 2015. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Sistema general de
• CONCEPTO 2010084562-001 DE 26 DE ENERO DE 2011. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Bono pensional,
miembros fuerza pública - pensiones especiales de vejez, actividades de alto riesgo.
• CONCEPTO 0425 DE 9 DE MARZO DE 2009. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA.
de saldos. Convenio Seguridad Social de España y Colombia.
• CONCEPTO TRIBUTARIO 089507 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2004. DIAN. Consulta Pensión de jubilación anticipada.
• CONCEPTO 1440 DE 3 DE OCTUBRE DE 2002. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. FLAVIO AUGUSTO RODRÍGUEZ
ARCE.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
• EXPEDIENTE 75317 DE 29 DE JULIO DE 2020. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS
QUEVEDO. Cuando se discute el incremento o reajuste pensional con base en el IPC de una pensión del régimen de
y las regulaciones pensionales vigentes.
Art. 64
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