Pensión de vejez - Título III. Régimen de ahorro individual con solidaridad - Libro I. Sistema general de pensiones - Sistema de Seguridad Social Integral - Libros y Revistas - VLEX 905343635

Pensión de vejez

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas160-163
160 Sistema de Seguridad Social Integral
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• *Decreto-Ley 656 de 24 de marzo de 1994: Art. 14.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 75317 DE 29 DE JULIO DE 2020. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS
QUEVEDO. Cuando se discute el incremento o reajuste pensional con base en el IPC de una pensión del régimen de
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y las regulaciones pensionales vigentes.
CAPÍTULO II
PENSIÓN DE VEJEZ
ARTÍCULO 64. REQUISITOS PARA OBTENER LA PENSIÓN DE VEJEZ.
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la
edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual
les permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual
vigente a la fecha de expedición de esta Ley, reajustado anualmente según la variación
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dicho monto se tendrá en cuenta el valor del bono pensional, cuando a éste (sic) hubiere lugar.
Cuando a pesar de cumplir los requisitos para acceder a la pensión en los términos del inciso
anterior, el trabajador opte por continuar cotizando, el empleador estará obligado a efectuar
las cotizaciones a su cargo, mientras dure la relación laboral, legal o reglamentaria, y hasta
la fecha en la cual el trabajador cumpla sesenta (60) años si es mujer y sesenta y dos (62)
años de edad si es hombre.
Inciso 2 del artículo 64 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-410 del 15 de septiembre
de 1994, Magistrado Ponente Dr. Carlos Gaviria Díaz.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
• *Ley 700 de 7 de noviembre de 2001: Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a mejorar las condiciones de
vida de los pensionados y se dictan otras disposiciones.
• *Decreto-Ley 1314 de 23 de junio de 1994: Por el cual se dictan las normas para la emisión y redención de los bonos
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• *Decreto Único Reglamentario 1833 de 10 de noviembre de 2016: Art. 2.2.5.4.5.
• *Circular Conjunta Ministerio de la Protección Social – Ministerio de Hacienda y Crédito Público No. 1 de 24 de
enero de 2005: 
DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com)
CONCEPTO 51637 DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2019. MINISTERIO DEL TRABAJO. Uso de la justa causa de despido,
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CONCEPTO 2015070604-002 DE 16 DE AGOSTO DE 2015. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Sistema general de
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CONCEPTO 2010084562-001 DE 26 DE ENERO DE 2011. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Bono pensional,
miembros fuerza pública - pensiones especiales de vejez, actividades de alto riesgo.
CONCEPTO 0425 DE 9 DE MARZO DE 2009. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. 
de saldos. Convenio Seguridad Social de España y Colombia.
CONCEPTO TRIBUTARIO 089507 DE 22 DE DICIEMBRE DE 2004. DIAN. Consulta Pensión de jubilación anticipada.
CONCEPTO 1440 DE 3 DE OCTUBRE DE 2002. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. FLAVIO AUGUSTO RODRÍGUEZ
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JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislacion.com).
EXPEDIENTE 75317 DE 29 DE JULIO DE 2020. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS
QUEVEDO. Cuando se discute el incremento o reajuste pensional con base en el IPC de una pensión del régimen de
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y las regulaciones pensionales vigentes.
Art. 64

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