Proceso verbal sumario - Libro tercero. Procesos sección primera. procesos declarativos - Código general del proceso - Libros y Revistas - VLEX 934466522

Proceso verbal sumario

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas297-308
Libro Tercero - Procesos 297
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)
EXPEDIENTE 03777-00 DE 24 DE ENERO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. LUIS ALONSO RICO PUERTA. La invocación de causal de separación de hecho
por más de dos años, no exonera al juez del deber de examinar la responsabilidad de las
partes en la ruptura del vínculo en aras de imponer las consecuencias patrimoniales a que
haya lugar.
TÍTULO II
PROCESO VERBAL SUMARIO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 390. ASUNTOS QUE COMPRENDE. Se tramitarán por
el procedimiento verbal sumario los asuntos contenciosos de mínima
cuantía, y los siguientes asuntos en consideración a su naturaleza:
1. (Numeral 1 corregido por el artículo 7 del Decreto 1736 de 17 de
agosto de 2012). Controversias sobre propiedad horizontal de que
tratan los artículos 18 y 58 de la Ley 675 de 2001.
2. Fijación, aumento, disminución, exoneración de alimentos y
restitución de pensiones alimenticias, cuando no hubieren sido
señalados judicialmente.
3. Las controversias que se susciten respecto del ejercicio de la patria
potestad, las diferencias que surjan entre los cónyuges sobre
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obligación de vivir juntos y salida de los hijos menores al exterior y
del restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
4. Los contemplados los artículos 913, 914, 916, 918, 931, 940 primer
inciso, 1231, 1469 y 2026 del *Código de Comercio.
5. Los relacionados con los derechos de autor previstos en el artículo
243 de la Ley 23 de 1982.
6. Los de reposición, cancelación y reivindicación de títulos valores.
7. Los que conforme a disposición especial deba resolver el juez con
conocimiento de causa, o breve y sumariamente, o a su prudente
juicio, o a manera de árbitro.
8. Los de lanzamiento por ocupación de hecho de predios rurales.
Art. 390

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