Prospección de las prácticas jurídicas - Diagnóstico y lineamientos técnicos para los distintos escenarios de la práctica jurídica de los programas de Derecho de las Instituciones - Libros y Revistas - VLEX 844456477

Prospección de las prácticas jurídicas

AutorMónica Cecilia Montoya Escobar
Cargo del AutorDocente Investigadora de la Corporación Universitaria Remington, sede Medellín
Páginas169-202
169
Introducción
Para la elaboración de este capítulo se tuvieron en cuenta los resultados de
las encuestas diligenciadas en más de 50 instituciones educativas del país
con programas de Derecho, y que fueron respondidas por 1.885 estudiantes
y 213 docentes que aportaron con sus respuestas a la construcción del
diagnóstico de las condiciones de las prácticas jurídicas. Las encuestas
se diseñaron con base en aspectos propios de la práctica como estructura
tecnológica de los procesos de atención jurídica, infraestructura de la
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funcionamiento de un centro de atención jurídica, los tipos de servicios que
presta, la diversidad de escenarios prácticos y los campos de aprendizaje.
Asimismo, se llevaron a cabo grupos de discusión que tuvieron como
detonantes los tipos de prácticas que se desarrollan en la formación de
los estudiantes de Derecho y la pertinencia de estos en relación con las
necesidades sociales y de formación.
PROSPECCIÓN DE LAS PRÁCTICAS
JURÍDICAS
Mónica Cecilia Montoya Escobar95
CAPÍTULO 8
95Docente Investigadora de la Corporación Universitaria Remington, sede Medellín. Correo
electrónico: mmontoya@remington.edu.co.
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La información condensada, de acuerdo con la percepción de los encuestados
y con los juicios críticos de los participantes del grupo focal, permitió que
surgieran las siguientes categorías vinculadas al “deber ser” de las prácticas
jurídicas en función de su proyección: articulación entre teoría y práctica
(práctica temprana, enseñanza-aprendizaje, valoración por competencias),
comunidades de aprendizaje mutuo (clínica jurídica, clusters académicos,
alianzas estratégicas y promoción de redes) y presencia del Estado.
Articulación entre teoría y práctica
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La propuesta de una práctica jurídica que se desarrolle en Colombia con
criterios de calidad y en relación con el contexto, se sustenta en dos tópicos
que deben ser integrados en el macro, el meso y el micro currículo en todas
las facultades de Derecho del país. Dichos aspectos son, el primero, la
satisfacción de las necesidades sociales, de manera individual y colectiva,
para promover la congruencia entre el saber jurídico y las necesidades del
entorno y, el segundo, la formación profesional de personas socialmente
responsables96.
El análisis de los cometidos y su puesta en marcha admite los aportes
didácticos de Comenio, quien estableció los tres momentos que debe seguir
la pedagogía97:
1. Autosia – observación por sí mismo
2. Autopraxia – ejercicio de lo aprendido
3. Autocresia – uso o aplicación de lo aprendido
Estos elementos redundan en lo que llamó Pestalozzi (citado por Jaramillo,
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una de las propuestas a la que le apuesta este estudio: un acople del par
dialéctico teoría y práctica, que desde niveles tempranos de su formación
96El hecho de que, para muchos, el consultorio jurídico sostenga socialmente el concepto
universidad, en términos de indicadores de impacto y de gestión, le apunta a la proyección y a
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Peña Jumpa (2005) - en un texto titulado Proyección social del derecho y clínicas jurídicas
en las universidades de América del siglo XXI, donde el autor señala que la proyección social
permite a la universidad hacer socialmente útiles su misión y su visión.
97Tres momentos que al día de hoy tienen plena vigencia, pese a haber transcurrido más de
400 años desde su formulación por Juan Amos Comenio (1592 - 1670).
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acerque al estudiante a momentos de verdad, que le permitan dar sentido a
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El proyecto que da cuenta de este ejercicio didáctico y pedagógico se ha
llamado en esta investigación “práctica temprana”, pues así lo nombran
quienes intervinieron en los grupos de discusión, como en el Nodo Antioquia
por ejemplo, donde la práctica en niveles tempranos se viene desarrollando
con contundencia.
Al respecto, hablan los actores:
“Por ejemplo, en el primer semestre hay una materia que se llama Semiótica y
es parte del eje de integración. Allí hacen prácticas de observación, las hacen
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observan, tienen que presentar los trabajos alrededor de la discusión para la
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que el estudiante quiera voluntariamente participar”98.
“También los profesores de acciones constitucionales, en lo que es el sexto
semestre, estamos aplicando lo que se denomina práctica temprana desde
el primero hasta el sexto semestre, a los alumnos que están en esta práctica
nosotros le elaboramos un pre formato de hoja de vida que no es igual al que
expone el alumno que está en séptimo sino que es un pre formato y le estamos
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con uno casos como práctica y esos docentes se los valoran dentro de su
materia, esa es la práctica general que sirve para las dos cosas y ellos hacen
las tutelas y derechos de petición que nos llegan al consultorio jurídico”99.
Considerando el contenido de estas intervenciones, la implementación de
prácticas tempranas en todos los programas de Derecho del país no parece
un lineamiento novedoso, pues se evidencia con lo narrado que, aunque
sea a golpe de intuición, se viene instalando en las dinámicas de la práctica
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ni manifestado en todos los programas de Derecho en el aspecto curricular.
Lo anterior tiene respaldo respecto a las encuestas de percepción, pues,
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relegar la práctica y la oportunidad de experimentación en el litigio a los dos
últimos años de formación (64,6% por un SÍ y 32% por un NO, obsérvese la
98Participante Grupo Focal.
99Participante Grupo Focal.

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