La recepción del enfoque del acceso a la justicia en el derecho procesal colombiano - Tercera parte. Administración de justicia - Justicia. Un enfoque transdisciplinar - Libros y Revistas - VLEX 950736596

La recepción del enfoque del acceso a la justicia en el derecho procesal colombiano

AutorMónica Vásquez Alfaro
Cargo del AutorDoctora en Derecho, Universidad de Los Andes (Colombia)
Páginas213-246
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* Este trabajo se desprende del capítulo tres de la investigación doctoral “la Ciencia
útil: reconstrucción de los discursos procesales en Colombia y América Latina”, que plan-
tea una agenda de investigación de largo alcance sobre la recepción y el desarrollo del
acceso a la justicia en el derecho colombiano. Es importante aclarar que el presente trabajo
tiene carácter provisional, pues hace parte de un proyecto de investigación de mayor al-
cance que dará cuenta de la recepción y de las transformaciones de la teoría que aquí se
estudia a lo largo de la periodización completa (1970- 2015) y amplía el análisis sobre los
sitios de producción y recepción involucrados en este trasplante. .
** Doctora en Derecho, Universidad de Los Andes (Colombia). Profesora investiga-
dora de la Universidad del Norte. mvasquez@uninorte.edu.co
LA RECEPCIÓN DEL ENFOQUE DEL ACCESO A LA
JUSTICIA EN EL DERECHO PROCESAL COLOMBIANO*
Mónica Vásquez Alfaro**
INTRODUCCIÓN
El acceso a la justicia es una categoría de difícil definición, en parte por-
que es un “derecho puente” que abarca dos perspectivas interrelacio-
nadas. Una primera que opera de abajo hacia arriba y define el acceso
a la justicia como un derecho que faculta a los gobernados a exigir del
Estado la existencia de mecanismos efectivos de respeto, protección y
cumplimiento de los derechos individuales y sociales. Sobre este punto
se pueden encontrar literatura, documentos oficiales y trabajos de so-
ciología del derecho que se ocupan de detectar fallas en los sistemas de
protección de grupos que tradicionalmente se encuentran en situación
de desprotección, por ejemplo, mujeres, personas en situación de des-
ventaja económica, población sexual diversa, consumidores, población
carcelaria, etc.
214 JUSTICIA
Un enfoque transdisciplinar
Adicionalmente, una perspectiva de arriba hacia abajo se enfoca en la
implementación de mecanismos de justiciabilidad que le dan vida a
los demás derechos. En esta línea, son los gobernantes quienes asumen
esta orientación programática y partiendo de ella adoptan políticas pú-
blicas de protección de los derechos reconocidos por el ordenamiento
y los que en lo sucesivo podrían surgir.
Lo cierto es que desde las dos perspectivas que hemos señalado, los
avances en temas de acceso a la justicia son buenos indicadores para se-
ñalar los niveles de desarrollo de una sociedad en términos de justicia,
igualdad material y protección de los derechos.
El acceso a la justicia representa varios avances en términos de justicia
para el desarrollo de las sociales-democracias. Boaventura de Sousa
(1991, p.155) determina la existencia misma de otros derechos, pues
tener uno y no poder materializarlo equivale simplemente a no tener-
lo. Por su parte, La Rota, Lalinde, Santa y Uprimny destacan en su
estudio Ante la justicia que un efectivo acceso a la justicia le permite al
poder judicial cumplir su cometido de preservación de la paz social al
evitar actos de justicia de propia mano, adicionalmente, contribuye a
la superación de la pobreza, especialmente si los derechos que se ma-
terializan son de carácter económico, social y cultural. También sirve
para delimitar y ponderar el juego de los derechos entre sí y con otros
valores constitucionales, lo cual fortalece la democracia y posibilita el
ejercicio simultáneo de los derechos por los asociados; limita el poder
del Estado, pues los gobernantes de los Estados de naturaleza social,
tienen impuesta una orientación programática de justiciabilidad de de-
rechos que no pueden desconocer y, finalmente, un efectivo acceso a la
justicia maximiza el cumplimiento de las normas ante la posibilidad de
la coerción efectiva ejercida por el Estado (2014, pp. 13-16).
Este trabajo pretende identificar los avances en temas del acceso a la
justicia de arriba hacia abajo en el derecho colombiano. Para tal efecto
se utilizará la teorización propuesta por Mauro Cappelletti, quien en
diferentes textos escritos propuso el concepto de “oleadas” para des-
cribir el conjunto de medidas adoptadas para crear vías adecuadas de
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La recepción del enfoque del acceso a la justicia en el derecho procesal colombiano
reclamo de los derechos individuales y colectivos reconocidos en el
marco de Estados de bienestar o con agendas de desarrollo social.
La propuesta de Cappelletti es, sin lugar a dudas, una de las más po-
tentes para analizar el tema del acceso a la justicia, tal como se eviden-
cia en las constantes e innumerables referencias a sus trabajos en la
literatura jurídica estadounidense, europea y latinoamericana.
Aunque las “oleadas” muestran problemas y soluciones en el acceso y
efectividad de los derechos en Europa y Norteamérica, han sido muy
estudiadas en el derecho latinoamericano, dada la cercanía que des-
de la década de los cuarenta unió a los procesalistas locales con los
italianos en torno a la ciencia procesal. Es por esto que los trabajos de
Cappelletti, especialmente la obra que escribiera con Bryant Garth, son
cita obligatoria de los textos que se refieren al acceso a la justicia, a la
protección de los intereses difusos y derechos colectivos, la racionali-
zación del aparato de justicia en aras de la efectividad, y a la asistencia
legal gratuita, etc. (Ferrer, 2009).
Como tesis de mayor alcance se defiende la idea de que la recepción y
el desarrollo de los discursos en torno a lo que hoy denominamos “ac-
ceso a la justicia” en Colombia pueden analizarse desde los años sesen-
ta hasta el tiempo presente a partir de tres momentos clave. Un periodo
de avances tempranos que se dan en los años setenta y se resumen en
la necesidad de humanización del proceso y se extienden hasta finales
de los ochentas con las primeras medidas de protección al consumidor
y el traslado de funciones jurisdiccionales a entes administrativos. Un
segundo momento se deriva de la Constitución de 1991 y se manifiesta
en una nueva dinámica legislativa en desarrollo del texto fundamental.
Y una tercera etapa se encuentra enmarcada dentro de la Carta Política
vigente, pero que se enfoca en una construcción del acceso a la justicia
desde una perspectiva abajo / arriba con contenido material más que
formal.
Este texto se enfocará en el primer momento y defenderá la idea de
que las reformas legales nacionales de los años setenta en torno a la
agilización del proceso civil y la moralización del ejercicio del derecho

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