Régimen jurídico de los trabajadores oficiales - La reclamación administrativa de los trabajadores oficiales - Libros y Revistas - VLEX 945697062

Régimen jurídico de los trabajadores oficiales

AutorJosé María Obando Garrido
Páginas99-121
Capítulo VI
Régimen jurídico de los trabajadores
oficiales
. CONCEPTO
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la vinculación o la actividad desa rrollada por el servidor público, de acuerdo
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El elemento esencial que determina la naturaleza jurídica del trabajador
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del víncu lo laboral no reglamentado o condicionado por la ley. El artículo
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construcción y conservación de obras públicas, indicarán, en sus plantas de
personal, los cargos permanentes que pueden ser ocupados por tra bajadores
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de estos servidores. Pero en ningún caso se puede autorizar remuneraciones
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Cuando la naturaleza jurídica de un organismo ad ministrativo se transforma,
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enti dad pública pase de establecimiento público a empresa industrial y comercial
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otra parte el carácter de relación de trabajo entre el Estado o entidad pública y
sus servidores no lo determina la natur aleza del acto jurí dico por medio del cual
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 Jose Ma ria Obando Gar rido
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Social de Derecho, fundado en la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad
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una obligación social y goza, en todas sus mo dalidades, de especial protección
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de derecho laboral y garantiza el mínimo de derechos, la remuneración mínima
vital y móvil, la irrenunciabilidad de derechos, la favorabilidad al trabajador en
la interpretación de las normas, la prima cía de la realidad sobre las formalidades
de las relacio nes laborales y la seguridad social.
De los anteriores textos constitucionales deduci mos que el propósito del
Derecho del Trabajo, impuesto por el orden jurídico, es la justicia social de los
trabaja dores subordinados al Estado, para regu lar sus relacio nes, solucionar las
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y normalizar los intereses laborales para la armonía no sólo de quie nes
intervienen directamente en el trabajo, sino para pro curar la paz económica y
social de la sociedad entera.
El trabajo que regulan las normas laborales es el prestado por los trabajadores
al servicio del Estado de manera subordinada, que necesita ser protegido por la
ley, para evitar la renuncia de derechos que se presumen na cidos de la prestación
de servicio, considerando la capa cidad económica del Estado como empleador,
que apro vecha la energía humana para el bienestar de la comunidad.
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Es suficiente la prestación del servicio por una per sona natural a la
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elemento fáctico que indica o presupone la relación laboral, como un servi cio
personal dependiente y remunerado. Probado los ele mentos de la prestación del
servicio nacen los derechos de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones.
El elemento esencial, por antonomasia, del Dere cho Laboral, es la
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formalizada por la facticidad prestacional del servicio en el tiempo, que termina
constituyendo una situación jurídica tutelada en la ley laboral, de la cual se
desprenden consecuencias jurídicas.

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