La via gubernativa laboral - La reclamación administrativa de los trabajadores oficiales - Libros y Revistas - VLEX 945697057

La via gubernativa laboral

AutorJosé María Obando Garrido
Páginas31-47
Capítulo i
La via gubernativa laboral
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Las entidades administrativas están obligadas a re conocer los derechos
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medie reclamo alguno, puesto que de la existencia de una relación o con trato
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compromisos laborales es indispensable que se la requiera, para que tome la
decisión adecuada a la ley o haga un rechazo a la pretensión.
La vía gubernativa, por consiguiente, es el procedi miento mediante el
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reconozca o resuelva una situación jurídica laboral individual. Con siste, por lo
tanto, en el planteamiento de las peticiones laborales a las e ntidades de derecho
público, administra tivas autónomas e instituciones de derecho social.
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c. Procedimiento gubernativo.
d. Procedimiento administrativo.
e. Reclama ción adm inist rativa.
f. Reclamo ad ministrativo.
g. Petición administrat iva directa.
h. Reclamación administrativa preprocesal.
 Jose Mari a Obando Garr ido
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laborales con trovertidos, que pretenda llevar a la Jurisdicción del Trabajo. En el
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ha satisfecho sus pre tensiones salariales, prestacionales o indemnizatorias,
por lo que no será necesario que acuda a los jueces. Pero cuando la resuelve
desfavorablemente, negándola, desco nociéndola o silenciándose, podrá ocurrir
a la Jurisdic ción del Trabajo para que ésta desate la controversia.
  o del C.P.L. y S.S. distingue dos vías para hacer
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tición jurisdiccional. La primera como previa y la segun d a como subsidiaria y
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El procedimiento de la vía gubernativa no implica la existencia de
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o una aplicación injusta e ilegal de las normas o una ne gación o rechazo de un
derecho o, sin mas, por el no pro nunciamiento sobre los derechos laborales o
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su función administrativa de cumplir el orden jurídico, en el logro del bien
común y la justicia social, sin necesidad de ser obligada por la Jurisdicción
del Trabajo, pues se entiende que ella conoce los derechos de sus trabajadores
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que a través del instituto de la vía gu bernativa se le da a dichas entidades,
la oportunidad de ejercer una especie de justicia interna, como que la mis-
ma ley les permite conocer de manera primigenia, es decir, antes que a los
propios jueces del trabajo, las i nconfor m idades de orden laboral que tengan las
personas legiti madas para formularles esta clase de cuestionamientos, para que
sean tales organismos, actuando como juez de sus propias decisiones, los que
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error en que hayan podido incurrir en torno a las actua ciones que originaron
tales desavenencias y evitar de esta manera los traumatismos propios de una
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