El acceso a la Función Pública en la Carta Iberoamericana de la Función Pública - Carta iberoamericana de la función pública: realidades tangibles y promesas incumplida - Libros y Revistas - VLEX 950622645

El acceso a la Función Pública en la Carta Iberoamericana de la Función Pública

AutorJosé María Recio
Cargo del AutorProfesor de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.
Páginas201-254
jos mara recio*
El acceso a la Función Pública
en la Carta Iberoamericana de la Función Pública
203
Sumario: Introducción. 1. Sobre el modelo de sistema institucional de
mérito: en torno al concepto de idoneidad profesional en el marco de
los principios de igualdad, mérito y capacidad. 2. Las previsiones sobre
el acceso a la Función Pública en la Carta Iberoamericana de la Función
Pública. 2.1. Publicidad. 2.2. Libre concurrencia. 2.3. Transparencia. 2..
Especialización. 2.5. Imparcialidad. 2.6. Fiabilidad y validez. 2.7. Elección
del mejor candidato. 2.8. Eficacia. 2.9. Eficacia y agilidad. 3. Experiencias
comparadas y desarrollo normativo. 3.1. en torno a un concepto renovado
de “idoneidad” como criterio de selección del personal a la luz del principio
de mérito y capacidad. 3.2. Renovación de los métodos y herramientas de
selección de personal. 3.3. Especialización técnica de los órganos de selec-
ción de personal. 3.. Reforzamiento de las garantías de los principios de
mérito y capacidad en el acceso al empleo público. 3.5. Reforzamiento de la
publicidad de las ofertas de empleo público. 3.6. Mutualización de medios
y recursos. Conclusiones. Referencias.
introduccin
La aprobación de la Carta Iberoamericana de la Función Pública (cifp), en
la v Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública
y Reforma del Estado (Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, 26-27 de junio de
2003)1, constituye, sin duda, una referencia ineludible en el proceso de
consolidación de un modelo de Función Pública en el conjunto del sistema
institucional latinoamericano.
No se trata, en esta sede, de hacer un balance de la implantación del
conjunto del documento2, sino más bien el análisis de su virtualidad en el
ámbito de la reforma del acceso al empleo público, temática a la que, por lo
demás, la propia Carta dedica específicamente los apartados 20 a 2.
* Profesor de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza.
1 Respaldada por la xiii Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, Resolución n.º
11 de la Declaración de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, 1-15 de noviembre de 2003.
2 A este fin se dedican otros estudios como el de F. longo martínez y M. iacoviello. “Evaluación
del grado de implantación de la Carta Iberoamericana de la Función Pública en los países de
Iberoamérica”, en Foro Iberoamericano: Revitalización de la Administración Pública. Estrategias
para la Implantación de la Carta Iberoamericana de la Función Pública, México D.F., México, 5
y 6 de mayo de 2005, 2010; o el estudio más reciente de J. C. cortázar velarde, M. lafuente
y M. sanginés (eds.). Una década de reformas del Servicio Civil en América Latina, Washington,
DC, 201.

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