Capítulo 10: Régimen probatorio de las Acciones Constitucionales - Derecho procesal constitucional colombiano: fundamentos, acciones y sus regímenes probatorios - Libros y Revistas - VLEX 945392632

Capítulo 10: Régimen probatorio de las Acciones Constitucionales

Páginas223-252


C
1. I NTR ODU CCI ÓN
La prueba es la vértebra del proceso, ya lo expresaba Jeremías
: el arte del proceso consiste esencialmente en el arte de
suministrar la pr ueba”. Bien conocemos aquel tradicional apotegma
que dice: “vale tanto no tener un derecho como tenerlo y no poder
probarlo”. Debemos admitir que la prueba es determinante para
que puedan ejercerse y reconocerse los derechos sustanciales a
través de un proceso, sin ella el estado no puede ejercer su función
jurisdiccional de administrar justicia. El material con el que se trabaja
y experimenta en el proceso son los hechos, y estos para que puedan
estar debidamente reconocidos, deben estar plenamente probados
dentro del plenario.
Se requiere ineludiblemente la prueba para demostrar los hechos,
por consiguiente, la decisión judicial debe estar siempre amparada
en las pruebas debida y oportunamente allegadas al proceso, nunca
en el conocimiento privado del juez.
El derecho probatorio es común a todas las áreas del derecho, es
transversal, y podemos decir que es la ciencia que estudia las normas
jurídicas que regulan las pruebas. Pero es sabido que, para el derecho,
en el tiempo, fue primero la prueba que el derecho probatorio.
La prueba surge a partir de u n conjunto de prácticas primitivas en
el mundo antiguo, prácticas que estaban encaminadas a comprobar o

A contrario sensu, el derecho probatorio como disciplina nace
paralelamente con el derecho procesal que tiene su primer germen
Sergio Estrada Vélez - Fernanda Luna Salas - Cesar A. Tirado Pertúz - Daniel E. Flórez Muñoz224
en el año 1.215 con la Carta Magna y el debido proceso (T 
2001), que se consolida para el mundo occidental en el siglo XIX
con la adopción de la dogmática procesal. “El debido proceso en un
primer plano axiológico frente a su protección constitucional, permite
desarrollar la teoría que considera la garantía del debido proceso como
verdadero derecho fundamental”. ( 2015, p. 90).
              
como el medio a través del cual el derecho pretende determinar la
verdad de las proposiciones en el marco del proceso judicial. Por
     

independencia de su relación con lo ocurrido ( 
2006, p. 19).
T plantea que la prueba no es un mero instr umento retórico,
sino epistémico. Por tal razón con la prueba se debe buscar reconstruir
los hechos del proceso y poder llegar a la verdad sobre los mismos.
De acuerdo con 
trámites o actividades que se tiendan a acreditar o a determinar (en

para adoptar la decisión.
Así que prueba es todo lo que sirva para darnos certeza, para
conocer un hecho, para convencernos de la realidad, es el medio a
través del cual se adquiere en el proceso la información requerida o
necesaria para determinar la verdad de las proposiciones planteadas
por cada una de las partes, son las razones o motivos que sirven
para llevarle al juez convicción en relación con los hechos objeto
de probanza, es la herramienta primordial que le aporta al juez los

2. EL DERECHO A LA PRUEBA
El profesor 
El derecho a la prueba es un derecho de rango constitucional
inmerso en la t utela efectiva y el debido proceso, que participa de
la naturaleza compleja de estos, pue s se implica con el derecho de
defensa, derecho a ser oído, a contrade cir y a la decisión conforme
a derecho. (p. 219)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR