Capítulo 3: La acción de tutela: Procedimiento Constitucional y Marco Normativo - Derecho procesal constitucional colombiano: fundamentos, acciones y sus regímenes probatorios - Libros y Revistas - VLEX 945392621

Capítulo 3: La acción de tutela: Procedimiento Constitucional y Marco Normativo

Páginas83-110
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1. I NTR ODU CCI ÓN
Iniciamos con la acción de tutela, por ser la acción constitucional
más usada en Colombia. Además, debido a sus características ha
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que de la teoría general del proceso se reinventan al derecho procesal
constitucional. La acción de tutela es el instrumento jurídico por el cual
todos los colombianos pueden proteger sus derechos fundamentales,
el Art 86 de la Constitución Política de Colombia, establece que:
Toda persona tendrá acción de tutela pa ra reclamar ante los jueces,
en todo momento y lugar, mediante u n procedimiento preferente y
sumario, por sí misma o por qu ien actúe a su nombre, la protección
inmediata de su s derechos constitucionales fu ndamentales, cuando
quiera que éstos resulte n vulnerados o amena zados por la acción o
la omisión de cualquier autorida d pública. La protección consistirá
en una orden para que a quel respecto de quien se solicita la tutela,
actúe o se abstenga de hace rlo. El fallo, que será de inmediato
cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y,
en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constit ucional para su
eventual revisión.
Esta acción solo procederá cua ndo el afectado no disponga de
otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como
mecanismo transitorio para evitar u n perjuicio irremediable. En
ningún caso p odrán transcur rir más de diez días entre la s olicitud
de tutela y su resolución. La ley establecerá los casos en los que
la acción de tutela procede contr a particulares encargados de la
prestación de un ser vicio público o cuya conducta afecte grave
y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el
solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión.”
Sergio Estrada Vélez - Fernanda Luna Salas - Cesar A. Tirado Pertúz - Daniel E. Flórez Muñoz84
Este es el fundamento constitucional de la acción de tutela, y es
consecuencia de la aplicación de la constitución como norma jurídica,
por tanto, la acción de tutela es la acción de protección y aplicación de
derechos fundamentales por excelencia. En este punto analizaremos
detalladamente este artículo.
2. CONCEPTO Y CARACTER ÍSTICAS DE LA ACCIÓN DE
TUTELA
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pues los constitucionalistas nacionales y extranjeros tienden a
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que la acción de tutela es un trámite más o menos informal para la
protección y aplicación de los derechos fundamentales. Esta idea es
la que maneja el Art. 86 de la C.N., cuando hace referencia a “un
procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a
su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales
fundamentales”;
la que construyó la Corte Constitucional desde su primera sentencia
de tutela, en ella se dijo que:
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principales de la acción de tutela. Tenemos entonces que:
En cuanto al objeto, la acción de tutela recae sobre los derechos
fundamentales; o mejor sobre el catálogo de derechos que conforme a
las características dadas por la Cort e Constitucional, son de aplicación
inmediata. Así, ha dicho la Corte que;
Mientras el tema de los dere chos fundamentales no sea i nterpretado
bajo una perspectiva const itucional, la acción de tutela se reducirá
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de cumplir por lo menos uno de sus propósitos esenciales: el de
constitucionalizar todo el ordenamiento jurídico colombiano
y, de esta manera, hacer efectiva la protección de los derechos
fundamentales de las personas. Es necesario que los jueces y
tribunales tome n conciencia de que cuando se plantea la violación
de un derecho fund amental por medio de una acción de tutela,
el parámetro esencial e i nmediato de interpretación es el texto
constitucional y no la legislación ordina ria vigente. (Corte
Constitucional, Sentencia T-525 de 1992).

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