Capítulo III: Los fundamentos jurídicos de la disciplina como factor para el juicio de reproche en el ámbito policial - Dogmática del derecho disciplinario policial - Libros y Revistas - VLEX 940108593

Capítulo III: Los fundamentos jurídicos de la disciplina como factor para el juicio de reproche en el ámbito policial

Páginas91-134
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LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS
DE LA DISCIPLINA COMO FACTOR PARA
EL JUICIO DE REPROCHE EN EL ÁMBITO POLICIAL
: 1. Fundamentos Jur ídicos de la Disciplina. 2. ¿Bienes
jurídicos protegidos o intereses jurídicos t utelados? 3. La
obediencia. 4. El ilcito disciplinar io y la competencia disciplinaria
en la Ley de Régimen Disciplinario Policial. 5. Los derechos
procesales de los disciplinados.
1. FUN DAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISCIPLI NA
La disciplina como valor inherente al funcionario o servidor
público constituye el acatamiento consciente y voluntario de las
órdenes que se dictan con arreglo a ley, que permite asegurar la
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misión y funciones institucionales. Se reconoce así un régimen
sostenido en una relación especial de sujeción1 que implica
mantener un orden estricto en el comportamiento basado en
órdenes y directivas –que deben ser cumplidas– dictadas e
impuestas dentro del marco jurídico. La disciplina es posiblemente
el valor más elevado que se ha de observar en esta relación, y
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jurídico-ad ministrativas caracter izadas por una duradera y efectiva
inserción del admi nistrado en la esfera organiz ativa de la Administración,
a resultas de la cual queda sometido a un régimen ju rídico peculiar que
se traduce en un especial trata miento de la libert ad y de los derechos
fundamentales, así como de sus instituciones de garantía , de forma
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 M ariano. Naturaleza y presupuestos constitucionales de las
relaciones especiales de sujeción, Ed. Civitas/Universidad de Córdoba,
Madrid, 1994, pp. 161 y ss.

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obliga, de modo concreto y personal, a todos y cada uno de
funcionarios y servidores sometidos a la administración pública.
La disciplina tiene su manifestación en actos concretos. Su razón
de ser no es otra sino la necesidad que existe de salvaguardar el
cumplimiento personal de todas y cada una de las obligaciones que
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y disposiciones que la regulan, la diligente obediencia al superior,
el exigente respeto hacia el inferior y el tratamiento cortes frente
al igual; cuya inobservancia merece el reproche sancionador.
Así, la disciplina es una elevada cualidad moral que posibilita el
cumplimiento de la misión que tiene todo funcionario o servidor
público según las disposiciones constitucionales.
Cuando hacemos referencia al concepto de disciplina en la
jurisdicción policial, estamos invocando uno de los intereses
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sólo soporta la estructura sobre la que se sostiene la organización
institucional sino además, resulta ser una condición necesaria para
la concurrencia de un régimen jerarquizado caracterizado por la
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La disciplina policial esta concebida dentro de la normatividad
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como condición esencial. Se entiende por ella, el acatamiento
consciente y voluntario de las órdenes que se dictan con arreglo a
ley, que permite asegurar la unidad de acción y el cumplimiento de
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advertimos, la cuestión incial que debe resaltarse es que, junto con
otros conceptos –tales como Servicio, Ética e Imagen Institucional–
su trascendencia ha sido cconceptualizada como “bien jurídico
protegido” cuando la dogmática del derecho disciplinario sostiene
que dicha concepción es errada. En todo caso, haríamos referencia
a que la disciplina, en el ámbito policial, constituye un “interés
jurídico tutelado”, de especial protección que afecta el desempeño
de sus funciones profesionales y que determina una condición
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El ámbito policial no es la excepción. La disciplina es concebida
como condición esencial para la existencia de toda institución
policial. Permite al Superior exigir y obtener del Subalterno, bajo
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cualquier circunstancia, la ejecución de las órdenes impartidas
y el cumplimiento de los deberes instruidos. Se articula en
razón del mandato y la obediencia, y debe realizarse dentro de
las atribuciones del Superior y las obligaciones y deberes del
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objetivos o tareas trazados en las instituciones que la predican.
No hay duda pues, que la disciplina funciona como un factor de
cohesión que “obliga a mandar con responsabilidad y obedecer lo
mandado”2, y tiene, su expresión colectiva, en el acatamiento a la
Constitución, y su manifestación individual, en el cumplimiento
de las órdenes recibidas.
Resulta ser la disciplina el núcleo de la institución policial, respecto
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de la administración, adquiriendo relevancia para preservar su
estructura y jerarquía, dentro del ordenamiento constitucional.
  3 reseñaba que uno de los primeros textos

el Servicio de Campaña, aprobado por Ley del 5 de enero de 1882,
que en su artículo 776º dispone lo siguiente: “disciplina en toda
su latitud es el conjunto de medios que se deben emplear para
obtener perfectos soldados. Entre estos medios descuellan instruir,
recompensar y castigar, complementarios del primero los dos
últimos. La disciplina es no sólo la mayor garantía de tr iunfo sino,
la primera condición de vida de un Ejército en campaña. Debe
fundarse en la convicción general de que el éxito del combate y
de la guerra depende del conjunto, mantenido por el mando de los
esfuerzos parciales de todos”.
La disciplina se encuentra vinculada con los principios y
los criterios esenciales de la organización de una institución
2 Lorenzo; “El modelo constitucional de Fuerzas A rmadas”,
Instituto Nacional de Adm inistración Publica, Cent ro de Estudios Políticos
y Constitucionales, Mad rid, 2002, p. 87.
3  Isidro. Los derechos f undamentales de los Militares,
Editorial Min isterio de Defensa de España, Edición 2015, pp. 100-105.

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