Conclusiones - Responsabilidad del estado constitucional colombiano por los actos del poder constituyente. Elementos para su configuración - Responsabilidad del estado social de derecho por los actos del poder constituyente - Libros y Revistas - VLEX 647773429

Conclusiones

AutorWilson Ruíz Orejuela
Páginas239-246
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Con fundamento en los planteamientos realizados en los títulos y capítulos
precedentes se logra demostrar la hipótesis propuesta inicialmente traducida en que
el Estado Constitucional, Social y Democrático de Derecho colombiano, debe reparar
los daños ocasionados a las personas, ciudadanos y ciudadanas, en relación con los
actos proferidos, tanto por el Poder constituyente originario, como por el Poder
constituyente derivado, como consecuencia lógica de los paradigmas que trajo consigo
el nuevo modelo de Estado a partir de 1991, en particular el principio fundacional
de la Organización Política, de respeto a la dignidad de la persona humana, dado su
status activae civitatis derivado de su status personae, que la convierte en el centro
de toda la actividad estatal, así como lo pregona la Constitución de 1991, de rango
eminentemente antropocéntrico, dando respuesta a cada uno de los interrogantes
planteados en la parte introductoria, dentro de los que se encuentran:¿la inexistencia
de límites prima facie para que el pueblo pueda sustituir la Constitución a través
de Asamblea Constituyente, implica total irresponsabilidad de las autoridades
públicas?; ¿para pregonar la responsabilidad patrimonial del Estado por los actos
del Poder constituyente debe efectuarse previamente control de constitucionalidad
y la declaratoria de inexequibilidad?; ¿cómo resolver la aparente antinomia entre lo
regulado en el artículo 50 transitorio de la Constitución y lo dispuesto en el artículo
90 de esa misma normativa? y, ¿el principio de reparación integral a las víctimas es
suciente para predicar la responsabilidad del Estado por los daños causados por
esa clase de actos?
De la misma manera, se cumplieron los objetivos propuestos, de un lado, el genérico
referido a mostrar que en el ordenamiento jurídico actualmente vigente en Colombia,
existen fundamentos sucientes para determinar la responsabilidad patrimonial del
Estado por los actos del Poder constituyente originario y del derivado y, del otro,

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