Límites del Poder constituyente en su actuación - Responsabilidad del estado constitucional colombiano por los actos del poder constituyente. Elementos para su configuración - Responsabilidad del estado social de derecho por los actos del poder constituyente - Libros y Revistas - VLEX 647773401

Límites del Poder constituyente en su actuación

AutorWilson Ruíz Orejuela
Páginas136-146
Capítulo 1. Límites del Poder constituyente en su actuación
Desde hace algún tiempo, tanto la doctrina, como la jurisprudencia se han venido
preguntando si el Poder constituyente originario y el derivado tienen alguna
restricción, lo que equivale a sostener si el pueblo al darse una organización política
y jurídica vertida en una Constitución y, los órganos dispuestos para su reforma o
poderes de revisión, encuentran igualmente alguna limitación, o por el contrario,
uno y otros, gozan de absoluta autonomía para modicar totalmente el sistema
jurídico-político que venía rigiendo los destinos de la sociedad.
Ese cuestionamiento puede responderse, en principio, a partir de la concepción de
doctrinantes como S al diferenciar entre Poder constituyente y Poder constituido
en su obra Qué es el tercer Estado252, así como en el pensamiento de C y de
T P. De más reciente data, la Corte Constitucional colombiana aludió a
ese interrogante, así como la doctrina comparada también lo ha hecho.
En efecto, consideró el abate que la nación existe ante todo y es el origen de todo,
siendo su voluntad siempre legal, es la propia ley. Antes y por encima de ella solo
existe el derecho natural. De su voluntad emanan una serie de leyes positivas, en cuya
primera línea se ubican las leyes constitucionales que se dividen en dos clases: unas
regulan la organización y las funciones del cuerpo legislativo; otras determinan la
organización y las funciones de los diferentes cuerpos activos. Tales leyes son llamadas
fundamentales, pero no porque puedan llegar a ser independientes de la voluntad
nacional, sino porque los cuerpos que existen y actúan a través de ellas no pueden
modicarlas. En los dos casos, la Constitución no es obra del Poder constituido sino
del Constituyente.
252 SIEYÉS, E. 2003. ¿Qué es el tercer Estado? Barcelona: Edicomunicación S. A. págs. 79 a 97.

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