El desplazamiento interno de personas y el ACNUR - Conflicto armado interno, derechos humanos e impunidad - Libros y Revistas - VLEX 857235521

El desplazamiento interno de personas y el ACNUR

AutorJosé Alberto Toro Valencia
Cargo del AutorProfesor de Derecho Internacional, Universidad eafit, Medellín, Colombia
Páginas299-318
299
EL DESPLAZAMIENTO INTERNO
DE PERSONAS Y EL ACNUR
José Alberto Toro Valencia1
introducción
La regulación internacional del desplazamiento interno de
personas (en adelante dip) deja de ser una cuestión meramente
académica para tornarse en un asunto central de la discusión de
las distintas agencias de Naciones Unidas sobre la protección de
personas en situación de emergencia. El número de dip se ubi-
ca, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Refugiados (en adelante acnur), en 24,5 millones de personas
y abarca por lo menos 52 Estados,2 lo que pone de manifiesto la
crisis humanitaria que se aborda.
No obstante la dimensión de estas cifras, el derecho inter-
nacional no ha regulado de manera expresa el concepto de dip,
1 Profesor de Derecho Internacional, Universidad eafit, Medellín, Colombia.
2 United Nations High Commissioner of Refugees, Internally Displaced People:
Questions and Answers, Ginebra, unhcr, 2007, p. 3.
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jos é al bert o to ro va len cia
y en consecuencia no existe agencia humanitaria interguberna-
mental que se ocupe exclusivamente del problema. A pesar de
tratarse de personas que han tenido que desplazarse de su lugar
de residencia de manera forzada, no son refugiados en el senti-
do jurídico-internacional del término, toda vez que no transitan
frontera alguna. Según Catherine Phuong, el término dip es
de uso reciente, pues todavía a finales de la década de los años
ochenta no existía un término estándar.3
Tampoco hay convención internacional alguna que se refiera
de manera explícita a los dip. Esto es explicable en la medida en
que las personas desplazadas internamente se encuentran bajo
el ámbito de regulación de la soberanía del Estado.4 Frente a lo
evidente de esta catástrofe humanitaria, las agencias de Naciones
Unidas que hacen frente a este tipo de situaciones han interveni-
do cada vez más en casos de desplazamiento interno. Entre ellas
se destaca el rol protagónico del acnur.
Si bien el acnur tiene conocimiento de este tipo de situacio-
nes, en su mandato no se encuentra la atención de los dip, sino
de los refugiados, lo que supone un cuestionamiento de su razón
de ser y en particular del futuro de la institución jurídica del asilo,
esto es, el derecho internacional del refugiado.
El presente texto presentará de manera sucinta el problema
del dip y de la siguiente forma: en una primera sección se ex-
pondrá el concepto de persona desplazada interna y el “régimen
internacional” aplicable a estas personas. En la segunda sección
se abordará la cuestión del acnur y del sistema de asistencia
humanitaria de Naciones Unidas, para evidenciar los límites y
evaluar las potenciales alternativas para el tratamiento del pro-
blema humanitario que se deriva del desplazamiento interno de
personas.
3 Catherine Phuong, The International Protection of Internally Displaced Persons,
Cambridge, Cambridge University Press, 2004, p. 8.
4 Walter Kalin, “Internally Displaced Persons-The Protection Gap”, Global
Future, cuarto trimestre (2004), p. 14.

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