Legislación tributaria - Contabilidad y presentación de estados financieros - Libros y Revistas - VLEX 393759954

Legislación tributaria

AutorEduardo Godoy Ramírez
Páginas401-453
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA 401
OBJETIVOS
Reconocer la legislación tributaria vigente en Colombia.
Conocer lo establecido en el Impuesto sobre las Ventas por Pagar y Retención en el IVA.
Establecer la normatividad de la Retención en la Fuente.
Estudiar el Impuesto de Renta.
• Clasi cación de los impuestos municipales, departamentales, distritales – en particular
el Impuesto de industria, comercio, avisos y tableros ICA de Bogotá, D.C.
De nición: La legislación tributaria ha sido creada por el Ministerio de Hacienda para
determinar las obligaciones tributarias, estimadas en el presupuesto nacional, previstas
por la Ley como generadoras del impuesto, cuyo objetivo principal es el reconocimiento del
pago de los tributos.
TRIBUTO
Consiste en el ingreso scal establecido por el poder del estado para todos los contribuyentes.
El objetivo principal de los tributos es la recaudación del pago, que permite al Estado
obtener los recursos para desarrollar los planes y programas. Los tributos pueden ser
directos, indirectos, contribuciones y tasas.
Los principios de los tributos radica en
1. Equidad: El sujeto pasivo que tiene más renta, paga más impuesto.
2. E ciencia: El objetivo de los impuestos es sufragar los gastos del Estado.
3. Progresividad: A mayor renta, mayor impuesto.
SUJETO ACTIVO
El Estado Colombiano como acreedor del vinculo jurídico y quien esta facultado para exigir
el cumplimiento del pago del impuesto. El sujeto activo es el Estado.
CAPÍTULO
17
LEGISLACIÓN
TRIBUTARIA
CONTABILIDAD y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
402
SUJETO PASIVO
Es el deudor de la obligación tributaria. Consumidores de bienes y servicios gravados y los
importadores. Es decir, el obligado frente al Estado al pago del impuesto.
Sujeto pasivo Jurídico: Es la persona en quien recae las obligaciones formales de
inscripción, registro, declaración, traslado del saldo, y certi cación.
Sujeto pasivo Económico: Es la persona en quien recae la obligación de pago del
impuesto.
IMPUESTO
Es todo pago coactivo (obligatorio) que debe hacer al Gobierno Nacional, Departamental,
Municipal o Distrital.
Impuesto directo
Son todos aquellos que recaen sobre la acción principal del contribuyente, cuando realizan
operaciones que inciden en el bene cio y no son transferibles. ej.: impuesto de renta,
impuesto predial, impuesto de vehículos.
Impuesto indirecto
Son todos aquellos que se ocasionan en razón a la satisfacción transitoria de bienes y/o
servicios son transferibles ej.: Impuesto sobre las ventas por pagar ( IVA ).
CONTRIBUCIÓN
Son los ingresos scales establecidos unilateralmente por el gobierno sobre las propiedades
que conlleven a recibir un bene cio sobre las obras proyectadas de interés público.
ej.: carreteras, parques, puentes, escuelas, etc.
TASAS
Son los tributos establecidos también unilateralmente por el Estado y que se hacen exigibles
en razón a la exigencia de su utilización. ej: peajes, tasas aeroportuarias, entre otros.
GRAVAMEN
Es toda contribución obligatoria que se le cobra al sujeto pasivo por la utilización de servicios
del Estado y tienen un cálculo de acuerdo al volumen. ej: los aranceles.
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA 403
CALENDARIO TRIBUTARIO
Consiste en la relación de las fechas y plazos ordenados en el cual aparecen los conceptos,
las fechas de vencimiento y sus pagos respectivos. Fiscalmente, se presentan las siguientes
declaraciones:
Declaración Periodo de presentación y pago
Renta y Complementarios Anual
Ingresos y Patrimonios Anual
Impuesto Sobre las Ventas por pagar (IVA) Bimestral
Retención en la Fuente y Timbre Mensual
Impuesto de industria y comercio avisos y tableros ( ICA ) Bimestral
Impuesto de industria y comercio retenido – R/ICA Bimestral
Para cualquier presentación de declaraciones tributarias inicialmente debemos conocer
el RUT; la DIAN clasi ca a los contribuyentes como personas jurídicas cuyo NIT tiene
nueve (9) números y un DV (digito de veri ación) empezando unos en 830._ _ _ . _ _ _ - _,
860._ _ _. _ _ _ - _, 890._ _ _. _ _ _ - _, 900._ _ _. _ _ _ - _ entre otros. Para personas
naturales el numero de la cedula de ciudadanita de cada uno de los contribuyentes seguido
del DV. Esta explicación esta dada por cuanto en el calendario tributario siempre nos indican
las fechas de vencimientos con el último digito del NIT.
Ejemplo
5. NIT 6- DV
Se escribe el número del NIT Código de veri cación
Para las obligaciones tributarias
se tiene en cuenta el último digito del NIT
900447774- 0
RÉGIMEN SIMPLIFICADO
Es una persona natural que tenga como máximo un (1) establecimientos de comercio,
que no sean importadores de bienes muebles corporales, que no vendan a nombre de
terceros, y que los ingresos netos provenientes de la actividad comercial en el año scal
inmediatamente anterior no sean superiores a $ _________________, y que su patrimonio
a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior sea inferior a $ _______________.

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