Narrativa de la sintiencia animal - Derecho sintiente. Los animales no humanos en el derecho latinoamericano - Libros y Revistas - VLEX 935903524

Narrativa de la sintiencia animal

AutorAndrea Padilla Villarraga
Páginas116-144
Capítulo 4
NARRATIVA DE LA SINTIENCIA ANIMAL
El valor moral del sufrimiento: cuando el derecho empieza a ponderar la
capacidad de sentir
—Cualquiera que diga que a los animales la vida les importa menos que
a nosotros, no ha sostenido en sus manos a un animal que lucha por su
vida. Todo el ser del animal se revuelca en esa lucha, sin reservas. […]:
todo su ser está en la carne viva1.
INTRODUCCIÓN
La tercera narrativa jurisprudencial es, hasta ahora, la más vanguardista del
derecho de los animales, la de mayor apertura al derecho sintiente. En ella
se les brindan a los animales más garantías, dado que sus argumentos se
fundamentan en el valor intrínseco que les otorgan a los animales las
capacidades de sentir y sufrir. En efecto, la sintiencia opera como criterio
moral relativamente autónomo de protección legal. De ella se concluye que
los animales tienen valor inherente, lo que contribuye a que la balanza del
principio del sufrimiento innecesario, generalmente inclinada hacia la
satisfacción de intereses humanos, favorezca los intereses de los animales
en su propio bienestar. Por lo tanto, este atributo se convierte en un criterio
determinante de consideración moral y jurídica, dado que se valora el
interés de los animales en no sufrir daño o maltrato como un interés
primario que debe ser garantizado por el derecho.
Además, en esta narrativa predomina el argumento de que los animales
deben ser protegidos por sí mismos, en gracia de su animalidad sintiente.
Incluso, algunos jueces llegan a sugerir la existencia de una suerte de
dignidad animal, en el entendido de que la capacidad de sentir de los
animales hace de ellos seres dignos de protección. Así mismo, hay quienes
proponen el reconocimiento de algunos derechos para los animales y, por
supuesto, todos coinciden en criticar la clasificación legal de estos como
bienes o cosas en propiedad.
Con relación a las narrativas anteriores, la de la sintiencia marca
distinciones importantes. En lo que respecta a la línea ambiental, la
característica diferencial más relevante de la narrativa de la sintiencia es su
concepción y tratamiento de los animales como individuos. Mientras el
concepto de fauna aglomera, difumina e incluso invisibiliza a los animales
como parte de una especie o de un ecosistema, la mirada individualizada
sobre los animales permite poner el foco de análisis en los intereses,
padecimientos, necesidades, capacidades y demás facultades de cada ser
organizado2.
Al respecto, es ilustrativa la sentencia del Supremo Tribunal de Ceará
(Brasil), en la que el juez declaró inconstitucional la ley que regulaba la
“vaquejada”3 como práctica deportiva y cultural [BR13-2016]. Este señaló
la ruptura entre el paradigma ambiental y el paradigma de la sintiencia
animal, optando por el segundo al afirmar que, si bien el artículo 225 de la
Carta Federal consagra la protección de los animales dentro del derecho al
ambiente y como un valor de solidaridad de carácter colectivo dotado de un
altísimo contenido de humanismo y universalidad, la Constitución también
avanzó en el campo de la ética animal, vedando expresamente la crueldad
contra los animales. Por lo tanto, observó que el hecho de que la mayor
parte de la doctrina y la propia jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal

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