Noveno estudio: Sistemática de las causales de exclusión de la responsabilidad y de las que afectan la punibilidad - Estudios de dogmática en el código penal del año 2000 - Libros y Revistas - VLEX 951117668

Noveno estudio: Sistemática de las causales de exclusión de la responsabilidad y de las que afectan la punibilidad

Páginas597-658
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Sistemática de las causales de exclusión
de la responsabilidad y de las que afectan la punibilidad
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La forma en que se razona en la dogmática jurídica o “ciencia jurídica” es por
medio de la lógica jurídica, “modo de razonar propio de los juristas”. Con
la llegada de la Modernidad. “el conocimiento se convierte en racionalista,
abstracto, lógico y deductivo”2 .
Dice Gimbernat Ordeig que la ciencia del derecho procede “for-
mando conceptos allí donde el legislador ha empleado sólo, por ejemplo,
representaciones”.
La racionalidad impone, por virtud de la lógica tradicional formalista, las
nociones de generalidad, coherencia, deducción e inducción4, caracterís-
ticas pretendidas para el sistema formado por los conceptos clasificatorios.
La tarea de la dogmática como ciencia del derecho positivo “consiste en
la construcción de las instituciones jurídicas, en la reducción de las normas
jurídicas a conceptos generales y en la deducción de las consecuencias que
derivan de estos conceptos”, imponiéndose la “construcción categorial”,
según Legaz y Lacambra5.
En filosofía, las categorías “constituyen momentos estructurales de la
teoría del conocimiento”, conceptos fundamentales del saber en general, que
forman un “sistema cerrado y completo de estructuras”. So n “elementos del
edificio articulado del saber mismo, determinaciones sistemáticamente dedu-
cidas y distintamente localizadas de la unidad del ser y del saber”. Explicitan
“la relación de la razón con el lenguaje” y aparecen como “momentos de
construcción de una realidad racional”, de unos “principios racionales”.
Al definirse el concepto de delito como la conducta típica, antijurídica
y culpable, se ponen de presente las categorías propias de la definición
dogmática del delito (artículo 9 del Código Penal). A su vez, sin especificar
cuál categoría excluye, el artículo 32, ibidem, consagra las causales eximentes
Legaz y lacambra, Filosofía del derecho, op. cit., pp. 49, 366 y 367.
2 peces-barba, fernández & de asís, Curso de teoría del derecho, op. cit., pp. 124 y 125.
gimbernat ordeig, Concepto y método de la ciencia del derecho penal, op. cit., pp. 90 y 91.
4 recasens siches, Introducción al estudio del derecho, op. cit., pp. 230, 234 y 235.
5 Legaz y lacambra, Filosofía del derecho, op. cit., pp. 63, 109 a 111.
krings, hermann; baumgartner, hans michael & Wild, christoph et al. Conceptos funda-
mentales de filosofía. Barcelona, Herder, 1977, pp. 235, 236, 238 y 239.

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