Puentes conversacionales entre la administración de justicia y la democracia en Ameérica Latina - ¿Tienen los jueces la última palabra?: diálogos jurisdiccionales y constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 1027075349

Puentes conversacionales entre la administración de justicia y la democracia en Ameérica Latina

Páginas527-559
SEGUNDA SECCIÓN
II. PUENTES CONVERSACIONALES ENTRE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y LA DEMOCRACIA
EN AMÉRICA LATINA
II.I Derechos dialógicos para el intercambio deliberativo entre
la ciudadanía, los jueces y las Cortes
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sus formas de protección requieren de puentes dialógicos sostenidos
en el tiempo y con robustos debates democráticos. La adopción de
medios conversacionales para el intercambio de razones que permitan
la participación social en las políticas públicas, las decisiones judiciales
y el intercambio con las voces de la comunidad son estrategias de pro-
tección multinivel que coadyuvan a enfrentar las tensiones existentes.
Para decir lo mismo de un modo más claro: las autoridades y los
jueces deben provocar una deliberación permanente con la sociedad
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surjan de oportunidades conversacionales inclusivas que permitan a
la comunidad ser el último intérprete de la Constitución.
Estas premisas, que he sostenido en otras contribuciones, las ar-
ticularé a un análisis de lo que denomino derechos dialógicos para
exaltar el potencial conversacional que tienen los derechos políticos
para vincularlos con lo que podría ser la participación de la ciudada-
nía a ser parte de las decisiones judiciales respecto tanto a los alcan-
ces y ejercicios de los derechos como de sus formas de reparación.
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de derechos políticos o de participación en las Constituciones del hemis-
ferio. Utilizo esa denominación porque serían los derechos que faciliten
PAÚL CÓRDOVA VINUEZA 528
la activación de iniciativas y prácticas conversacionales de la ciudadanía
con las Cortes. Estos derechos dialógicos o políticos han alcanzado un
rol determinante para la democratización de los Estados, la reforma ins-
titucional y el fortalecimiento de los tipos de democracia. Varias concep-
ciones han formulado las perspectivas de su ejercicio en esos ámbitos.
Un enfoque importante ha sido precisado a partir de los procesos
de reforma del Estado y la implementación de controles públicos no
estatales que coadyuvan a la ampliación de los servicios sociales.194
Otro ha estado orientado a vincular su aplicación con el desarrollo
de organizaciones sociales y los cambios en la política por medio de
una democracia participativa.195 La implementación de políticas pú-
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otra de las nociones utilizadas para ubicar a los derechos políticos.196
La ampliación e impulso de la sociedad civil, conjuntamente con el
ejercicio de libertades públicas y la activación de la política en la vida
social, se presentan como elementos relevantes para otra categoría
de comprensión de las dinámicas de los derechos políticos;197 y, para
completar este registro de los grandes lineamientos políticos y cons-
titucionales que explican la trayectoria de los derechos de participa-
ción, es oportuno considerar su articulación con el conjunto de los
derechos humanos, el combate a la pobreza y las políticas públicas
para incidir en los problemas de desigualdad, violencia y exclusión.198
194 Luiz Carlos Bresser Pereira y Nuria Cunill Grau, “Entre el Estado y el mercado: lo
público no estatal”, en Luiz Carlos Bresser-Pereira y Nuria Cunill Grau, edit., Lo público
no-estatal en la reforma del Estado (Caracas, CLAD, Buenos Aires, Paidós, 1998), 25-56.
195 Boaventura de Sousa Santos y Leonardo Avritzer, “Introducción: para ampliar el canon
democrático”, en Boaventura de Sousa Santos, coord., Democratizar la democracia. Los caminos
de la democracia participativa (México D.F.: Fondo de Cultura Económica, 2004), 35-74.
196 Joan Font, “Introducción”, en Joan Font, coord., Ciudadanos y decisiones públicas
(Barcelona: Ariel, 2001), 13-24.
197 José María Sauca Sano y María Isabel Wences Simon, “Un mapa contemporáneo de
las teorías de la sociedad civil” en José María Sauca Sano y María Isabel Wences, edit.,
Lecturas de la sociedad civil. Un mapa contemporáneo de sus teorías, (Madrid: Trotta, 2007), 9-19.
198
Marcelo Leiras, “La incidencia de las organizaciones de la sociedad civil en las políticas
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¿TIENEN LOS JUECES LA ÚLTIMA PALABRA? 529
A pesar de las múltiples dimensiones en que se han activado y ejerci-
do los derechos dialógicos, la asignatura pendiente en el continente
correspondería a profundizar las políticas públicas en los Poderes
Judiciales y las Cortes o Tribunales Constitucionales para la adopción
de agendas deliberativas para promover el diálogo socio-judicial con
los operadores de justicia.
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derechos para el constitucionalismo latinoamericano con la vigencia
de sus sistemas democráticos. Expresan que su desarrollo supone la
evolución o tensiones que pueden existir para su indispensable com-
plementariedad y armonización con la institucionalidad. Pese a ello, y,
a los amplios ámbitos de ejercicio de estos derechos en la vida estatal
y en la construcción del tejido social, se presenta una gran paradoja:
siendo los derechos políticos de una trascendencia fundante y fun-
damental para el constitucionalismo democrático, su protección no
está plenamente garantizada en todos los ordenamientos iusfunda-
mentales por las contradicciones de sus diseños institucionales y por
las disfuncionalidades de sus sistemas constitucionales.
Así, la limitación no reside en su reconocimiento en las cartas
supremas de la región, sino en que el hiperpresidencialismo y los
modelos institucionales de estos países, que serán analizados ut in-
fra, contienen lógicas de acumulación y concentración de poder que
atentan contra el desarrollo de este tipo de derechos concebidos
como dialógicos.
Asimismo, las políticas públicas de los Poderes Judiciales no han
logrado consolidar mecanismos efectivos y genuinos para asegurar
una mayor participación de la comunidad en el quehacer de los ope-
radores de justicia para el fortalecimiento del diálogo institucional y
constitucional de la comunidad con las Cortes y Tribunales.
e internacional”, en Carlos H. Acuña y Ariana Vacchieri, comps., La incidencia política
de la sociedad civil, (Buenos Aires: Siglo XXI, 2007), 17-65.

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