Capítulo 13. Controles internos del acto administrativo. Los recursos de vía administrativa y la revocatoria directa del acto administrativo - El acto administrativo - Libros y Revistas - VLEX 940108983

Capítulo 13. Controles internos del acto administrativo. Los recursos de vía administrativa y la revocatoria directa del acto administrativo

Páginas393-446
Capítulo 13
Controles internos del acto administrativo.
Los recursos de vía administrativa y la
revocatoria directa del acto administrativo
   (No debe negarse el derecho a
quienes lo piden justamente)
   
    
               
a aquellas instituciones jurídicas que permiten a la administración pública
(o a quienes ejercen funciones administrativas) revisar sus propios actos
administrativos (revisar sus propias decisiones). A título de ejemplo, ante la
aplicación indebida de una norma sustancial que incurre la administración
pública con el acto administrativo, el acto jurídico será objeto de recursos de
vía administrativa (del recurso administrativo de reposición, por ejemplo),

lo decidido. Tales controles administrativos del acto administrativo son
vistos por la doctrina como controles internos, por cuanto su análisis o
examen es realizado por la misma administración pública y, de hecho,
contribuyen a preservar la legalidad de sus actos administrativos. En efecto,
                  
judiciales cuyo examen frente al acto administrativo es realizado no por la
misma administración pública, sino por los jueces de la Jurisdicción de lo
Contencioso administrativo.
Se tiene entonces que el acto administrativo es susceptible de control
tanto en el ámbito de la autoridad administrativa que lo expida, en sede
administrativa (control interno), así como en el ámbito judicial (control
394  
externo). Dichos controles son vistos también como medios de defensa para
el administrado (que es el destinatario) frente al acto administrativo expedido
por la administración pública. Los controles internos y externos del acto
                 
y de encontrar la contrariedad o incompatibilidad con la normatividad se debe
hacer las respectivas declaraciones.
       

Los controles internos del acto administrativo responden a una serie de
principios de los cuales se destacan:
  los actos administrativos son recurribles solo
por los medios diseñados por el legislador y en los casos expresamente
señalados.
  solo podrán recurrir en contra de los actos
administrativos los sujetos procesales a quienes la ley reconozca
expresamente este derecho (o posibilidad).
    solo podrán recurrir en contra del acto
administrativo quienes sufran u na lesión con la decisión administrativa
contenida en dicho acto jurídico.
    los recursos deben ser presentados (o
interpuestos) dentro de los términos señalados en la normativa.
  para poder acudir a la
jurisdicción de lo contencioso administrativo en procura de la nulidad
de un acto administrativo se debe agotar la vía administrativa.
    en la presentación o interposición del
recurso se debe señalar la motivación y motivos sobre su desacierto
y desacuerdo frente a la decisión administrativa contenida en el acto
administrativo (no basta con interponer, también hay que explicar sus
razones de inconformidad).
En el campo de estudio de los controles internos administrativos del acto
jurídico administrativo se estudian a) los recursos de vía administrativa (o de
vía gubernativa) y b) la revocatoria directa, vamos a explicar rápidamente.
395    
   
La vía administrativa se caracteriza como el medio por el cual se acude a
la administración pública para que ella misma revise los argumentos jurídicos
de fondo sobre su propia decisión, respecto de la cual no está de acuerdo el
administrado (que es el destinatario del acto administrativo). Al respecto,
 (2000) explica que “mediante la utilización de la vía
gubernativa se le permite a los admin istrados el control jurídico de la actuación
de la administración, cuando considere que con ella el Estado ha infringido
el orden jurídico a que debe estar sometido” (p. 55).
(2007), por su parte, ha indicado que con la utilización de los recursos de vía
administrat iva contra los actos administ rativos evita que los interesados acudan
ante la administración de justicia (en sede judicial) para cuestionar dichos actos
jurídicos, pudiéndolos ser revisados en sede administrativa con dichos controles
internos (o medios de defensa):
                         
o adolecer de una ilegalidad de fondo (incompetencia del funcionario,
desviación de poder, falsa motivación) o de forma (expedición irregular,
inobservancia de los derechos de audiencia y de defensa, etc.), pues aún la
administ ración mejor organizada o intencionada es susceptible de incurr ir
en un error y dictar actos objetables por violación de la Constit ución o de la
Ley. De ahí que sea necesario establecer los medios adecuados para que la
administ ración pueda corregir los er rores en que hayan podido incu rrir órganos
o funcionarios suba lternos, sin obligar a los interesa dos a que tengan que acudir
  
gubernativos; que la administración pueda analizar nuevamente sus propias
decisiones y corregir los er rores en que haya podido incurrir, si lo considera
legal y oportuno y, al mismo tiempo, no obligu e a los interesados a someterse
a un juicio largo y costoso en donde puedan obtener la satisfacción de unas
peticiones que, por ser juríd icas, la administ ración pueda conceder o reconocer.
A más de que, con ello, se evita la congestión en la ju risdicción contenciosa-
administ rativa, como ha venido aconteciendo en los últ imos años, con evidente
perjuicio tanto par a los administrados como par a los propios entes públicos”
(p. 151). ( 2007)

debe ser abolida por cuanto en verdad se está ante una carga desproporcionada
para el administra do para efectos de poder acudir a la administración de justicia
en procura de la nulidad del acto administrativo objeto de discusión. 
 (2021), por ejemplo, ha indicado lo siguiente: “No se puede negar que
con la posibilidad de controvertir en instancia administrativa las decisiones de
la administración a través de la interposición de los recursos administrativos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR