Capítulo VIII: Hacia una reinterpretación del principio de favorabilidad. De la favorabilidad como tránsito legislativo a la favorabilidad como contemporaneidad de normas y de interpretaciones de una norma - Crítica disciplinaria: a propósito de la reforma de la Ley 1952 de 2019. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 951120741

Capítulo VIII: Hacia una reinterpretación del principio de favorabilidad. De la favorabilidad como tránsito legislativo a la favorabilidad como contemporaneidad de normas y de interpretaciones de una norma

Páginas333-360
333
capítulo viii
hacia una reinterpretación del principio
de favorabilidad. de la favorabilidad
como tránsito legislativo a la favorabilidad
como contemporaneidad de normas
y de interpretaciones de una norma
INtroduccIóN
El principio de favorabilidad, tradicionalmente entendido,
ha tenido en Colombia unos desarrollos muy particulares
que pueden ser comprendidos en los siguientes axiomas:
i) la favorabilidad es un instituto si bien relacionado, es
evidente que resulta autónomo e independiente del princi-
pio de legalidad, lo que no tiene ocurrencia en otros países
donde se deriva de este último; ii) la favorabilidad es un
fenómeno vinculado con el tránsito de leyes en el tiempo,
donde una posterior trae una regulación más benigna que
la anterior, que reclama ser aplicada en materia de tipici-
dad y punibilidad1; iii) las normas comprometidas en el
análisis de favorabilidad no tienen distinción en su origen
(legislación formal por el Órgano Legislativo o material
1 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. Sentencia del 17 de julio
de 2001, M. P. Jorge Córdoba Poveda, radicación n.° 12.060; sentencia del 18
de diciembre de 2001, M. P. Edgar Lombana Trujillo, radicación n.° 16.583, y
sentencia del 15 de diciembre de 2000, radicado n.° 14.054.
334
como decretos con fuerza de ley) ni en su materia siempre
y cuando no se advierta la especialidad sobre la cual se
legisla, ni en su temporalidad, basta la comprobación del
beneficio material para llamar a su aplicación2; iv) también
aplica la favorabilidad respecto de las normas infralegales
que hagan parte de la consideración de los tipos en blanco
o de ingredientes normativos del tipo o de la penalidad3;
y, v) igualmente se predica la favorabilidad por el tránsito
de una interpretación menos favorable a una más favorable
por parte de la jurisprudencia4.
El inciso 3º del artículo 29, como una variante del debido
proceso y aplicable en materias sancionatorias administra-
tivas dado el axioma que la preside, afirma que “en materia
pena, la ley permisiva o favorable, se aplicará de preferencia
a la restrictiva o desfavorable”.
En esencia, con la misma redacción, se reedita en los
artículos 6 de la Ley 599 de 2000; 6, inciso 2º, de la Ley 600
de 2000; 6, inciso 2º, de la Ley 906 de 2004; 14 de la Ley 734
2 carloS arturo gómez Pavajeau. “Variantes del principio de favorabilidad.
Aciertos y aporías de la jurisprudencia”, en Problemas centrales del derecho
disciplinario, Bogotá, Instituto Colombiano de Derecho Disciplinario-Ediciones
Nueva Jurídica, 2009, pp. 101 y ss.
3 Aunque con muchos condicionamientos, Corte Suprema de Justicia, Sala de
Casación Penal. Sentencia del 23 de agosto de 2007, M. P. Sigifredo Espinosa
Pérez, radicado n.° 27.337. Con más claridad la sentencia del 15 de febrero
de 1980, M. P. Dante Luis Fiorillo Porras.
4 La aplicación de la favorabilidad de la jurisprudencia ha sido preocupación
constante de los penalistas, como se puede observar en las discusiones de la
Comisión Constitucional de Reforma del Sistema Penal Acusatorio, en las que
fue constante la propuesta de “legalizar” el principio mencionado, propuesta
defendida por los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia,
doctores Álvaro Pérez Pinzón y Yesid Ramírez Bastidas, Acta n.° 005 del 14 de
febrero de 2003 (luIS camIlo oSorIo ISaza & guStavo moraleS maríN. Proceso
penal acusatorio. Ensayos y actas, Bogotá, Ediciones Jurídicas Gustavo Ibáñez,
2005, pp. 129 y 130).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR