Declaración de principios - Código de ética odontológica comentado (Ley 35 de 1989) - Libros y Revistas - VLEX 840974750

Declaración de principios

AutorVíctor Hugo Villota Alvarado
Cargo del AutorEditor General
Páginas19-27
19
Víctor Hugo Villota Alvarado (Ed.)
LEY 35 DE 1989
(marzo 8)
“Por la cual se expide el Código de ética odontológica
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA
CAPÍTULO I
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
Artículo °
A) Se entiende por ejercicio de la odontología la utilización de medios y cono-
cimientos para el examen, diagnóstico, pronóstico con criterios de prevención,
tratamiento de las enfermedades, malformaciones, traumatismos, las secuelas
de los mismos a nivel de los dientes, maxilares y demás tejidos que constituyen
el sistema estomatognático.
co m e N t a r i s t a p a b l o a N D r é s a r e l l a N o r a m o s
Ejercer la odontología requiere el empleo de medios que le permitan al pro-
fesional brindarles una atención completa y de calidad a sus pacientes. El
primer artículo del código dene la odontología como la utilización de esos me-
dios para nes de prevención de la enfermedad y tratamiento de las anomalías
bucodentales, maxilares y del resto de tejidos que conforman el sistema estoma-
tognático. Desestimar por parte del odontólogo el uso de los conocimientos, los
medios para el examen, el diagnóstico y el pronóstico de las enfermedades orales
constituye una violación a la ética y esto se puede reejar en la apertura de inves-
tigaciones disciplinarias y posibles sanciones por incumplir con la declaración de
principios éticos del odontólogo. Todos los odontólogos deben llevar a cabo en
forma obligatoria los medios tratados en este artículo para garantizar calidad y
responsabilidad en los tratamientos efectuados a los pacientes.

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