Delitos contra la integridad moral - Parte especial de los delitos en particular - Códigos Penal y de Procedimiento Penal - Libros y Revistas - VLEX 934474541

Delitos contra la integridad moral

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas203-207
Libro II - Parte especial de los delitos en particular 203
TÍTULO V
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA INJURIA Y LA CALUMNIA
ARTÍCULO 220. INJURIA. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena
prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del
artículo 14 de la Ley 890 de 7 de julio de 2004). El que haga a otra
persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a
cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33)
a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Artículo 220 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-442
de 25 de mayo 2011, Magistrado Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto.
NOTA DE VIGENCIA:    
introducida por la Ley 890 de 7 de julio de 2004, era la siguiente:
Prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
Código Penal: Arts. 223, 224 y 225.
Código de Procedimiento Penal: Arts. 71 y 522.
• *Ley 1341 de 30 de julio de 2009: Art. 70.
• *Ley 16 de 30 de diciembre de 1972: Arts. 11 y 14.
• *Ley 74 de 26 de diciembre de 1968: Por la cual se aprueban los “Pactos Internacionales
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como
el Protocolo Facultativo de este último, aprobados por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en votación unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966”.
Constitución Política de Colombia: Arts. 21, 15 y 248.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
EXPEDIENTE 48073 DE 20 DE MARZO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER. En el delito de injuria, el sujeto pasivo
determinado o determinable, debe ser alguien en particular.
EXPEDIENTE 49287 DE 27 DE FEBRERO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER. Las manifestaciones abstractas, genéricas
e imprecisas no vulneran la honra y el buen nombre. Si un señalamiento es deshonroso
no puede ser al mismo tiempo la atribución falsa de un delito.
EXPEDIENTE 38909 DE 10 DE JULIO DE 2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DRES. GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Y MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ
MUÑOZ. No toda opinión o manifestación causante de desazón, pesadumbre o molestias

P. DR. ALEJANDRO MARTÍNEZ CABALLERO. Derecho a la honra y al buen nombre.
ARTÍCULO 221. CALUMNIA. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena
prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición
del artículo 14 de la Ley 890 de 7 de julio de 2004). El que impute
Art. 221

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR