Delitos contra la integridad moral
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena |
Páginas | 203-207 |
Libro II - Parte especial de los delitos en particular 203
TÍTULO V
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL
CAPÍTULO ÚNICO
DE LA INJURIA Y LA CALUMNIA
ARTÍCULO 220. INJURIA. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena
prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición del
persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a
cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33)
a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
• Artículo 220 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-442
de 25 de mayo 2011, Magistrado Ponente Dr. Humberto Antonio Sierra Porto.
NOTA DE VIGENCIA:
introducida por la Ley 890 de 7 de julio de 2004, era la siguiente:
Prisión de uno (1) a tres (3) años y multa de diez (10) a mil (1.000) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
• Código de Procedimiento Penal: Arts. 71 y 522.
• *Ley 1341 de 30 de julio de 2009: Art. 70.
• *Ley 16 de 30 de diciembre de 1972: Arts. 11 y 14.
• *Ley 74 de 26 de diciembre de 1968: Por la cual se aprueban los “Pactos Internacionales
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como
el Protocolo Facultativo de este último, aprobados por la Asamblea General de las Naciones
Unidas en votación unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966”.
JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Ver www.nuevalegislación.com).
• EXPEDIENTE 48073 DE 20 DE MARZO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER. En el delito de injuria, el sujeto pasivo
determinado o determinable, debe ser alguien en particular.
• EXPEDIENTE 49287 DE 27 DE FEBRERO DE 2019. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
M. P. DR. EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER. Las manifestaciones abstractas, genéricas
e imprecisas no vulneran la honra y el buen nombre. Si un señalamiento es deshonroso
no puede ser al mismo tiempo la atribución falsa de un delito.
• EXPEDIENTE 38909 DE 10 DE JULIO DE 2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P.
DRES. GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Y MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ
MUÑOZ. No toda opinión o manifestación causante de desazón, pesadumbre o molestias
P. DR. ALEJANDRO MARTÍNEZ CABALLERO. Derecho a la honra y al buen nombre.
ARTÍCULO 221. CALUMNIA. (A partir del 1 de enero de 2005, la pena
prevista en el presente artículo fue aumentada por disposición
del artículo 14 de la Ley 890 de 7 de julio de 2004). El que impute
Art. 221
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